Incluye. La manutención de los hijos incluye los gastos de manutención, los gastos de educación, los gastos médicos y otros gastos de los niños. Artículo 1085 del Código Civil: Después del divorcio, si el niño es criado directamente por una de las partes, la otra parte correrá con la manutención total o parcial. El importe de los gastos y la duración del plazo serán acordados por ambas partes; si no se puede llegar a un acuerdo, el Tribunal Popular dictará sentencia. El acuerdo o sentencia previsto en el párrafo anterior no impedirá que los hijos hagan exigencias razonables a cualquiera de los padres que excedan el monto del acuerdo o sentencia original cuando sea necesario.
Objetividad jurídica:
El artículo 1085 del Código Civil estipula que después del divorcio, si el hijo es criado directamente por una de las partes, la otra parte correrá con la totalidad o parte de la pensión alimenticia. . El importe de los gastos y la duración del plazo serán acordados por ambas partes; si no se puede llegar a un acuerdo, el Tribunal Popular dictará sentencia. El acuerdo o sentencia previsto en el párrafo anterior no impedirá que los hijos hagan exigencias razonables a cualquiera de los padres que excedan el monto del acuerdo o sentencia original cuando sea necesario.