Recargo por educación

El recargo por la tasa de educación es un recargo que se aplica a los dos impuestos realmente pagados por entidades e individuos que pagan el impuesto al valor agregado y el impuesto al consumo en ciudades y condados. El recargo por educación se basa en el monto real del impuesto al valor agregado y del impuesto al consumo pagado por todas las unidades e individuos, y se calcula y paga de acuerdo con el monto total del impuesto al valor agregado y del impuesto al consumo, respectivamente. ¿Recargo por la tasa de educación = (impuesto al valor agregado realmente pagado, impuesto al consumo realmente pagado)? 3.

Base jurídica: Artículo 3 de las “Disposiciones transitorias sobre recargos de tasas educativas”.

El recargo educativo se basa en el impuesto al valor agregado, el impuesto comercial y el impuesto al consumo reales pagados por todas las unidades e individuos. La tasa del recargo educativo es 3, que se paga simultáneamente con el impuesto al valor agregado. , impuesto empresarial e impuesto al consumo, respectivamente.

Salvo que el Consejo de Estado disponga lo contrario, ninguna región o departamento podrá aumentar o reducir el recargo por las tasas de educación sin autorización.

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