Respuesta: D
(1) Las instituciones médicas deben formular su propio catálogo de suministro de medicamentos antimicrobianos de acuerdo con el catálogo de gestión jerárquica de medicamentos antimicrobianos formulado por el departamento administrativo de salud provincial y publicarlo. a la "Licencia de práctica de institución médica" debe estar registrada en el departamento de administración de salud. Las compras no se pueden realizar sin registro, por lo que A y C son incorrectos.
(2) Las instituciones médicas deben dar prioridad a los medicamentos antibacterianos incluidos en la "Lista Nacional de Medicamentos Esenciales", el "Formulario Nacional" y la "Lista Nacional de Medicamentos del Seguro Médico Básico, del Seguro de Accidentes de Trabajo y del Seguro de Maternidad". Las instituciones médicas y de salud primarias solo pueden utilizar medicamentos antibacterianos provenientes de medicamentos esenciales. Por lo tanto D es correcta.
(3) Las instituciones médicas deben controlar estrictamente la cantidad de variedades en el catálogo de suministro de medicamentos antibacterianos de la institución médica: ① no más de 2 tipos de medicamentos antibacterianos con el mismo nombre común, formas farmacéuticas inyectables y orales. formas farmacéuticas; ② medicamentos antibacterianos similares o idénticos con características farmacológicas no se incluirán repetidamente en el catálogo de suministros; ③ en principio, el procedimiento de adquisición temporal de medicamentos antibacterianos del mismo nombre genérico no se iniciará más de cinco veces al año; Si hay más de 5 casos, se debe discutir si incluirlo en la lista de suministro de medicamentos antibacterianos de la institución médica. No se podrá incrementar el número total de variedades del catálogo ajustado de oferta de medicamentos antimicrobianos. Por tanto B está equivocado.