Los procedimientos de la legislación administrativa se refieren a los pasos, métodos y secuencias que los departamentos pertinentes deben seguir al formular leyes y reglamentos. El procedimiento de legislación administrativa se divide en siete etapas, a saber, moción, notificación, audiencia de opiniones, decisión y anuncio. La escucha de opiniones se divide en tres pasos: audiencia, simposio y correo electrónico. Además, cabe señalar que al establecer nueva legislación administrativa se deben respetar dos principios básicos, a saber, el principio de cumplimiento de las leyes y reglamentos y el principio de adaptación a la situación socioeconómica.
Base Legal
Artículo 2 del “Reglamento Provisional sobre el Procedimiento para la Formulación de Reglamentos Administrativos” El establecimiento, redacción, revisión, toma de decisiones, promulgación e interpretación de los reglamentos administrativos deberá se regirán por el presente Reglamento.
Artículo 3 del "Reglamento Provisional sobre el Procedimiento para la Formulación de Reglamentos Administrativos" Al formular reglamentos administrativos, la línea, los principios, las políticas y los acuerdos de toma de decisiones de la Parte se implementarán y cumplirán con las disposiciones del la Constitución y la ley, y seguir los principios legislativos determinados por la Ley Legislativa.
Artículo 4 del "Reglamento provisional sobre el procedimiento para la formulación de reglamentos administrativos". La formulación de reglamentos administrativos que apoyen las leyes políticas se informará oportunamente al Comité Central del Partido de conformidad con los reglamentos pertinentes.
Al formular reglamentos administrativos importantes para sistemas importantes y ajustes de políticas importantes en la economía, la cultura, la sociedad, la civilización ecológica y otros aspectos, se informará el proyecto de reglamento administrativo o las principales cuestiones involucradas en el proyecto de reglamento administrativo. al Comité Central del Partido en el momento oportuno de conformidad con las normas pertinentes.