Base legal: "Medidas del Gobierno Municipal sobre Educación para Personas en Prostitución y Prostitución" del Consejo de Estado.
Artículo 8 Los órganos de seguridad pública a nivel de condado decidirán brindar custodia y educación a las prostitutas y prostitutas. Si se decide llevar a cabo C&E, los órganos de seguridad pública pertinentes a nivel de condado deberán completar una carta de decisión de C&E. Se enviará copia de la decisión C&E a la persona educada y se notificará a su familia, unidad y comisaría donde esté registrada la persona dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la decisión.
Artículo 9. El período de C&E es de 6 meses a 2 años. La fecha de recepción de la educación se calcula a partir de la fecha de implementación.