Para que un contrato de acciones sea válido deben cumplirse las siguientes condiciones:
1. El contrato de acciones es la verdadera expresión de la intención de ambas partes, y son dos o más. partes contratantes;
2. Las partes del contrato han llegado a un acuerdo sobre los términos principales del contrato, y las intenciones de las partes del contrato son verdaderas;
3. El establecimiento de un contrato debe tener dos etapas: oferta y aceptación;
4. El contrato no viola las disposiciones imperativas de las leyes o reglamentos administrativos, ni viola el orden público y las buenas costumbres. en la forma exigida por la ley
5. Ambas partes que firman el contrato de acciones tienen la capacidad civil correspondiente, y el contratante está incapacitado, el contrato celebrado no puede tener efectos jurídicos;
Por Un contrato que ha sido establecido, deben cumplirse ciertos requisitos para su efectividad para que sea jurídicamente vinculante.
Base Jurídica
"República Popular China y Código Civil"
Artículo 146: El autor y la contraparte expresan falsas intenciones Los actos jurídicos civiles realizados son nulos .
La representación de la validez de actos jurídicos civiles ocultos con sentido falso se tratará de conformidad con las disposiciones legales pertinentes. Artículo 147 Si un acto jurídico civil se lleva a cabo sobre la base de un malentendido grave, el actor tiene derecho a solicitar al tribunal popular o a la institución arbitral que lo cancele. Artículo 148 Si una parte utiliza medios fraudulentos para obligar a la otra a realizar un acto jurídico civil contra su verdadera intención, la parte defraudada tiene derecho a solicitar al tribunal popular o a la institución arbitral que lo cancele. Artículo 149 Si un tercero comete un acto fraudulento, haciendo que una parte realice un acto jurídico civil contra su verdadera intención, y la otra parte conoce o debe saber del acto fraudulento, la parte defraudada tiene derecho a solicitar la el tribunal popular o la institución de arbitraje sean revocados. Artículo 150 Si una parte o un tercero utiliza la coerción para obligar a la otra parte a realizar un acto jurídico civil en contra de su verdadera intención, la parte coaccionada tiene derecho a solicitar al tribunal popular o a la institución arbitral que lo cancele. Artículo 151 Si una parte se aprovecha de la crisis, falta de juicio, etc. de la otra, haciendo que el acto jurídico civil sea injusto al constituirse, la parte perjudicada tiene derecho a solicitar del tribunal popular o de la institución arbitral su anulación.