¿Qué significa derecho administrativo?

El significado de derecho administrativo es el siguiente:

1. El llamado derecho administrativo se refiere a la relación entre el sujeto administrativo y la contraparte administrativa y el ordenamiento jurídico administrativo en el proceso de ejercicio de facultades administrativas y aceptación de la supervisión del ordenamiento jurídico administrativo. Término general para las normas jurídicas que rigen las diversas relaciones que ocurren entre entidades supervisoras, así como las diversas relaciones que ocurren dentro de entidades administrativas;

2.Consta de leyes y normas de organización administrativa que regulan los órganos administrativos y el poder administrativo. Consta de la Ley de Comportamiento Administrativo para el ejercicio del poder administrativo, la Ley de Procedimiento Administrativo para regular los procedimientos de funcionamiento del poder administrativo, la Ley de Supervisión Administrativa. y la Ley de Amparo Administrativo para regular la supervisión del poder administrativo. Su objetivo es controlar y estandarizar el poder administrativo y proteger los derechos e intereses legítimos de las contrapartes administrativas.

Las relaciones administrativas sujetas a adaptación al derecho administrativo incluyen principalmente los siguientes contenidos:

1. Relaciones de gestión administrativa. Es decir, diversas relaciones que ocurren entre entidades administrativas, como agencias administrativas y organizaciones autorizadas por leyes y reglamentos, y contrapartes administrativas como personas jurídicas ciudadanas y otras organizaciones en el proceso de ejercicio de poderes administrativos. La relación de gestión administrativa que se forma entre el sujeto administrativo y la contraparte administrativa es una parte importante de la relación administrativa. Un gran número de actuaciones administrativas de sujetos administrativos, tales como licencias administrativas, expropiaciones administrativas, pagos administrativos, resoluciones administrativas, sanciones administrativas, coacciones administrativas, etc., se realizan en su mayoría con la contraparte administrativa, creándose así una relación administrativa con la autoridad administrativa. contraparte;

2. Relación de supervisión administrativa y jurídica. Es decir, las diversas relaciones que se dan cuando los sujetos de supervisión jurídica administrativa supervisan a los sujetos administrativos y a sus servidores públicos. Los denominados sujetos de supervisión jurídica administrativa se refieren a los órganos del poder estatal, órganos judiciales nacionales, órganos de supervisión administrativa, etc. que ejercen la supervisión jurídica sobre quienes ejercen las facultades administrativas y las acciones administrativas que ejecutan de conformidad con los métodos y procedimientos legales de conformidad con la autorización de la Constitución y la ley;

3. Es decir, la contraparte administrativa cree que sus derechos e intereses legítimos han sido infringidos por las acciones administrativas realizadas por el sujeto administrativo y solicita una reparación al sujeto de la reparación administrativa. El sujeto de la reparación administrativa revisará su solicitud y tomará una decisión para otorgarla. proporcionar o no alivio a la contraparte. Todo tipo de relaciones. La denominada materia de amparo administrativo se refiere a la agencia estatal autorizada por ley para recibir quejas, acusaciones, informes, reconsideraciones administrativas y litigios administrativos de contrapartes administrativas. Incluye principalmente los órganos de petición que aceptan quejas, acusaciones e informes, los órganos de reconsideración administrativa que aceptan la reconsideración administrativa y el Tribunal Popular que acepta litigios administrativos;

4. Es decir, diversas relaciones que ocurren dentro del sujeto administrativo, incluyendo la relación entre agencias administrativas superiores y subordinadas, la relación entre agencias administrativas paralelas, la relación entre agencias administrativas y sus agencias internas y agencias despachadas, y la relación entre agencias administrativas y nacionales. funcionarios públicos, la relación entre los organismos administrativos y las organizaciones autorizadas por las leyes y reglamentos, la relación entre los organismos administrativos y las organizaciones encargadas de ejercer determinadas facultades administrativas, etc. Entre las cuatro relaciones administrativas anteriores, la relación de gestión administrativa es la relación administrativa más básica, la relación de supervisión legal administrativa y la relación de alivio administrativo son relaciones derivadas de la relación de gestión administrativa, mientras que la relación administrativa interna es una relación subordinada a la gestión administrativa. relación, es parte en la relación de gestión administrativa, relación interna unilateral del sujeto administrativo.

Base jurídica:

Artículo 11 de la "Ley de Sanciones Administrativas de la República Popular China"

Las normas administrativas pueden establecer límites distintos de la restricción de la libertad personal administrativa. sanciones.

La ley ha previsto sanciones administrativas para actos ilegales. Si los reglamentos administrativos necesitan establecer disposiciones específicas, deben estar dentro del alcance de los actos, tipos y alcance de las sanciones administrativas prescritas por la ley.

La ley no prevé sanciones administrativas para actos ilegales. Los reglamentos administrativos pueden complementar la aplicación de las leyes y fijar sanciones administrativas. Si se prevé establecer sanciones administrativas adicionales, las opiniones deben ser escuchadas ampliamente mediante audiencias, reuniones de demostración, etc., y se debe proporcionar una explicación por escrito a la autoridad formuladora. Al presentar para su expediente las normas administrativas, se explicarán las circunstancias de las sanciones administrativas complementarias.

Las decisiones, órdenes y reglamentos administrativos emitidos por el Consejo de Estado, las propuestas presentadas al Congreso Nacional del Pueblo o al Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo, y el nombramiento y destitución del personal serán firmados por el Primer Ministro. .