Cobro y tratamiento contable de los recargos por tasas educativas

El recargo educativo se refiere a fondos extrapresupuestarios recaudados por las autoridades tributarias, organizados por el departamento de educación del mismo nivel, supervisados ​​y administrados por el departamento financiero del mismo nivel y utilizados exclusivamente para el desarrollo de la educación local. La imposición de recargos por educación ayudará a acelerar el desarrollo de la educación local y ampliar las fuentes de fondos para la educación local.

Estándares de recaudación

El recargo por educación se aplica uniformemente al 3% del impuesto al valor agregado y del impuesto al consumo realmente pagados. La fórmula de cálculo es: Recargo por educación = (valor realmente pagado). impuesto añadido + impuesto al consumo) ×3%;

Tratamiento contable empresarial

Cuando una empresa incurre en recargos por tasas de educación, debe llevar a cabo el siguiente tratamiento contable: Al devengar, pedir prestado: Impuestos y préstamos adicionales: Impuestos a pagar - - Recargo por tasa de educación se entrega cuando aumenta, debe tomarse prestado: impuestos a pagar - Préstamo de recargo por tasa de educación: depósito bancario;