¿Nueva ley de matrimonio y reglas de divorcio?

Respuesta: Hola, supongo que la nueva ley matrimonial aquí se refiere a las disposiciones específicas sobre divorcio en el Código Civil. En la nueva ley matrimonial, las disposiciones sobre divorcio incluyen principalmente dos aspectos principales: el divorcio por acuerdo y el divorcio por litigio, en comparación con el divorcio por litigio, el divorcio por acuerdo no es muy obligatorio. las partes pueden Los requisitos de ambas partes se cumplen hasta cierto punto, enfatizando el acuerdo entre las dos partes.

Artículo 1.076: Si ambos cónyuges convienen en divorciarse voluntariamente, firmarán un acuerdo de divorcio por escrito y solicitarán personalmente la inscripción del divorcio ante la autoridad de registro del matrimonio.

El acuerdo de divorcio debe expresar la intención de ambas partes de divorciarse voluntariamente y el consenso en cuestiones como la manutención de los hijos, la propiedad y la liquidación de deudas.

Artículo 1.077 Durante el período de reflexión del divorcio, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que la autoridad de registro de matrimonio reciba la solicitud de registro de divorcio, si cualquiera de las partes no desea divorciarse, podrá retirar la solicitud de registro de divorcio de la autoridad de registro de matrimonio.

Dentro de los treinta días siguientes al vencimiento del plazo señalado en el párrafo anterior, ambas partes solicitarán personalmente a la autoridad de registro de matrimonio la expedición del certificado de divorcio, la falta de solicitud se considerará desistida; la solicitud de registro de divorcio.

Artículo 1078. Si la agencia de registro de divorcios y de registro de matrimonios descubre que ambas partes efectivamente se divorcian voluntariamente y han llegado a un acuerdo sobre manutención de los hijos, bienes, liquidación de deudas y otras materias, la agencia de registro de matrimonios registrará el divorcio y expedir un certificado de divorcio.

Artículo 1.079: Si una de las partes de una pareja divorciada solicita el divorcio, el organismo correspondiente podrá mediar o interponer directamente la demanda de divorcio ante el Tribunal Popular.

Al conocer un caso de divorcio, el Tribunal Popular realizará la mediación; si la relación realmente se ha roto y la mediación es ineficaz, se concederá el divorcio.

Si la mediación fracasa en cualquiera de las siguientes circunstancias, se concederá el divorcio:

(1) Bigamia o convivencia con otros

(2) Violencia doméstica; cometido O abusar o abandonar a miembros de la familia;

(3) Tener malos hábitos como el juego y el abuso de drogas y negarse a cambiar a pesar de repetidas advertencias;

(4) Separado por más de dos años por discordia afectiva;

(5) Otras situaciones que conduzcan a la ruptura de la relación entre marido y mujer.

Si una de las partes es declarada desaparecida y la otra solicita el divorcio, se concederá el divorcio.

Después de que el tribunal popular haya dictaminado que no se permite el divorcio, y las dos partes hayan vivido separadas durante un año y una de las partes presente nuevamente una demanda de divorcio, se concederá el divorcio.

Artículo 1080: La relación matrimonial se disuelve cuando se completa la inscripción del divorcio o surte efectos la sentencia de divorcio o el documento de mediación.

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