1.
2. Penalización por exceder el límite normal. Plagio y otras formas encubiertas de castigo corporal.
3. Insultar, discriminar o insultar la dignidad personal de los estudiantes.
4. Castigar a los estudiantes por su rendimiento académico y preferencias personales.
Base legal: Artículo 12 del “Reglamento Disciplinario para Escuelas Primarias y Secundarias (Ensayo)” Los docentes no deberán incurrir en las siguientes conductas durante el proceso de enseñanza, gestión docente y sanción disciplinaria:
(1) Castigo corporal que causa directamente dolor físico mediante golpes o pinchazos;
(2) Castigo que excede los límites normales, imitación repetida, movimientos o posturas incómodas forzadas y castigo corporal disfrazado que daña indirectamente el cuerpo y la mente, como el aislamiento deliberado;
(3) Insultar o infringir la dignidad personal de los estudiantes con palabras y hechos discriminatorios o insultantes;
(4) Castigar a todos los estudiantes por violaciones disciplinarias por parte de individuos o de algunos individuos;
(5) Educación y castigo por el desempeño académico de los estudiantes;
(6) Castigo educativo basado en emociones, gustos y disgustos personales; o implementación selectiva;
(7) Asignar a los estudiantes la implementación de castigos educativos a otros estudiantes;
(8) Otros comportamientos que infrinjan los derechos de los estudiantes.