2. Los padres de niños en edad escolar tienen propiedad en el área de inscripción de nuestra escuela y han vivido allí durante más de medio año.
3. Si los tutores legales de los padres de los niños en edad escolar no tienen vivienda inmobiliaria en el casco urbano y la única residencia es su casa solariega, ambos padres del estudiante deberán acreditar que la tienen. No disponemos de vivienda en el casco urbano.