¿Se registrarán los antecedentes penales en archivos personales?

No quedará registrado en el expediente personal, sino que únicamente quedará registrado en el sistema penal del órgano de seguridad pública. Cualquier comportamiento ilegal y criminal no se registrará en el expediente de estatus estudiantil o en el expediente personal del individuo, sino que solo se registrará en el sistema ilegal y criminal de la agencia de seguridad pública. Si es sólo una advertencia verbal, no quedará registrada y puedes estar tranquilo.

1. ¿Los actos ilícitos se registrarán en expedientes?

1. No se registrarán en expedientes personales, sino que únicamente se registrarán en el sistema ilícito y penal de la seguridad pública. órgano.

2. Cualquier conducta ilegal y criminal no quedará registrada en el expediente de estatus estudiantil o expediente personal del individuo, sino que solo quedará registrada en el sistema ilegal y criminal de la agencia de seguridad pública. 3. Si es sólo una advertencia verbal, no quedará grabada, así que puedes estar tranquilo.

2. ¿Las sanciones penales se ingresan en expedientes personales?

1. Las infracciones penales deben registrarse en los órganos de seguridad pública. Sin embargo, no se ingresan en expedientes personales. cuando se impongan sanciones penales, los registros tales como el despido del trabajo o la expulsión de la escuela se ingresarán en expedientes personales. Y esta experiencia debe reflejarse con sinceridad al completar el currículum personal más adelante.

2. Si una persona fuera menor de 18 años al momento de cometer un delito y fuera condenada a pena privativa de libertad inferior a cinco años, se sellarán los antecedentes penales correspondientes. Si los antecedentes penales están sellados, no se podrán proporcionar a ninguna unidad o individuo, excepto cuando los órganos judiciales necesiten manejar casos o las unidades pertinentes realicen investigaciones de conformidad con las regulaciones nacionales. El estado de los antecedentes penales sellados se mantendrá confidencial.

3. Respecto al sistema de sellado de antecedentes penales juveniles, cabe aclarar los siguientes puntos.

1. Los antecedentes penales se sellan, no se eliminan. La Ley de Procedimiento Penal adopta el concepto de "sellado de antecedentes penales", es decir, no borrar completamente los antecedentes penales de los menores, sino restringir estrictamente el acceso a los antecedentes penales de los menores mediante operaciones técnicas dentro del alcance prescrito por la ley.

2. El sellado de antecedentes penales se inicia de oficio y no previa solicitud. La obligación de sellar es "legislativa" y no "discrecional". La agencia correspondiente que lleva el caso responsable del sellado debe sellarlo de acuerdo con la ley, y los menores no necesitan solicitar el sellado.

3. Existen excepciones al precinto, pero deben ser estrictamente controladas y el precinto no puede levantarse a voluntad, excepto cuando las autoridades judiciales necesiten tramitar el caso o las unidades correspondientes realicen investigaciones de conformidad con regulaciones nacionales.

4. Es necesario resolver urgentemente la cuestión de la conexión entre el sistema de sellado de antecedentes penales juveniles y las leyes y reglamentos pertinentes. Por ejemplo, la Ley de Funcionarios Públicos de nuestro país y otras leyes estipulan que las personas con antecedentes penales no pueden o no pueden ejercer como funcionarios públicos, fiscales, jueces, abogados, profesores y otras profesiones dentro de un período de tiempo determinado. leyes, como la Ley de Fiscales, la Ley de Jueces, la Ley de Abogados, etc. No existen normas al respecto. En la implementación de la ley, se deben realizar modificaciones lo mejor que podamos para abordar situaciones de conflicto, o se debe realizar coordinación a través de interpretaciones legales, reglas de implementación, etc.

Base jurídica:

"Ley de Archivos de la República Popular China"

Artículo 13 Archivos formados directamente con valor de preservación para el país y la sociedad Los siguientes materiales debe incluirse en el alcance de la presentación:

(1) Reflejar la historia organizacional y las principales actividades funcionales de agencias y grupos

(2) Reflejar las principales actividades de investigación y desarrollo, construcción, y Actividades de producción, operación y servicios, así como salvaguardar los derechos e intereses de las empresas, instituciones y empleados estatales;

(3) Reflejar la gobernanza comunitaria urbana y rural y las actividades de servicios de las comunidades autónomas de masas de base. organizaciones;

(4) Reflejar las actividades de gobernanza nacional, el desarrollo económico y tecnológico, las características sociales e históricas, las costumbres culturales y el entorno ecológico en varios períodos históricos; (5) Leyes y regulaciones administrativas que requieren presentación.

Las empresas no estatales, las agencias de servicios sociales y otras unidades conservarán los materiales relevantes de sus propias unidades de acuerdo con el alcance enumerado en el punto 2 del párrafo anterior.