Medidas Provisionales para la Administración de Sanciones Administrativas por Formación Fuera del Campus

Las medidas provisionales para la gestión de las sanciones administrativas por la formación fuera del campus son las siguientes:

Las sanciones administrativas por la formación fuera del campus serán aplicadas por los departamentos competentes en materia de formación fuera del campus de los gobiernos populares a nivel o superior. a nivel de condado de conformidad con la autoridad administrativa de sanciones. El departamento competente para la formación fuera del campus será determinado por el Gobierno Popular Provincial de conformidad con las normas nacionales pertinentes. Las sanciones administrativas para la capacitación fuera del campus serán implementadas por agencias administrativas integrales de aplicación de la ley. Las autoridades de capacitación fuera del campus establecerán mecanismos de trabajo con los departamentos integrales de aplicación de la ley administrativa para la interconexión de información administrativa de aplicación de la ley, la colaboración en el proceso de aplicación de la ley y la retroalimentación oportuna sobre la ley. resultados de aplicación de la ley.

Los gobiernos populares de los municipios y las oficinas de subdistrito implementarán sanciones administrativas para la capacitación fuera del campus y fortalecerán la organización, coordinación, orientación empresarial y supervisión policial de las sanciones administrativas. formación fuera del campus en municipios y subdistritos.

Las autoridades de formación fuera del campus podrán, dentro de las facultades reglamentarias, encomendar por escrito a una organización que cumpla las condiciones previstas en la Ley de Sanciones Administrativas la ejecución de sanciones administrativas. El poder deberá especificar las materias concretas que se encomienden, facultades, plazo, etc. El departamento encargante y la organización encargada publicarán la carta de autorización al público.

El departamento encargado supervisará la implementación de sanciones administrativas por parte de la organización encargada y asumirá la responsabilidad legal por las consecuencias de tal comportamiento. La organización encargada implementará sanciones administrativas en nombre del departamento encargado dentro del alcance de la encomienda, y no confiará a otras organizaciones o individuos la implementación de sanciones administrativas.

Los tipos de sanciones administrativas por capacitación fuera del campus incluyen: (1) Advertencias y avisos de crítica; (2) Multas, confiscación de ingresos ilegales y confiscación de propiedad ilegal (3) Órdenes de suspensión de negocios; (4) Revocación de licencias; (5) Restricción del empleo (6) Otras sanciones administrativas prescritas por las leyes y reglamentos.

Las sanciones administrativas por la capacitación fuera del campus serán implementadas por los departamentos de capacitación fuera del campus de los gobiernos populares a nivel de condado o superior de acuerdo con la autoridad de sanciones administrativas. El departamento competente para la formación fuera del campus será determinado por el Gobierno Popular Provincial de conformidad con las normas nacionales pertinentes. Las sanciones administrativas para la capacitación fuera del campus serán implementadas por agencias administrativas integrales de aplicación de la ley. Las autoridades de capacitación fuera del campus establecerán mecanismos de trabajo con los departamentos integrales de aplicación de la ley administrativa para la interconexión de información administrativa de aplicación de la ley, la colaboración en el proceso de aplicación de la ley y la retroalimentación oportuna sobre la ley. resultados de aplicación de la ley.

Los gobiernos populares de los municipios y las oficinas de subdistrito implementarán sanciones administrativas para la capacitación fuera del campus y fortalecerán la organización, coordinación, orientación empresarial y supervisión policial de las sanciones administrativas. formación fuera del campus en municipios y subdistritos.

De acuerdo con el artículo 11 de las "Medidas provisionales para sanciones administrativas por la formación fuera del campus", si los departamentos competentes de los gobiernos populares locales de todos los niveles en materia de formación fuera del campus descubren que se están realizando actividades ilegales de formación fuera del campus, los sospechosos de violar la gestión de la seguridad pública y la gestión de entradas y salidas, los trasladarán sin demora a los órganos de seguridad pública. Los sospechosos de haber cometido delitos serán trasladados sin demora a los órganos judiciales de conformidad con las normas pertinentes y la responsabilidad penal se investigará de conformidad con las disposiciones. la ley.