De acuerdo a lo establecido en el “Reglamento sobre Planificación Familiar para Población Migrante”, las mujeres en edad fértil (población femenina entre 15 y 49 años) y los varones adultos flotantes que se desplacen fuera de la provincia deberán solicitar el “ Reglamento de Planificación Familiar” antes de abandonar su lugar de residencia. Certificado de Matrimonio y Nacimiento de Población Migrante”. Así que tanto el marido como la mujer tienen que pasar por esto.
Materiales de solicitud
1. Los solicitantes deben traer dos fotografías recientes de una pulgada, un libro de registro del hogar y una tarjeta de identificación.
2 Los solicitantes casados deben tener esos. que hayan dado a luz deben poseer un "Certificado de Servicio de Maternidad", comprobante de implementación de medidas anticonceptivas y comprobante de control de embarazo
3 quienes den a luz fuera de la póliza deben tener un cobro de cuota de apoyo social; recibo y otros documentos, y traer "Formulario de Solicitud de Certificado de Matrimonio y Parto de Población Migrante>.
Información ampliada:
Proceso de solicitud de certificado
1. Presento la solicitud al comité de la aldea (vecindario) donde vivo y completo el formulario de solicitud. El comité (vecinal) lo procesará. Registro y presentación.
2. El departamento administrativo de planificación familiar del municipio (calle) donde se encuentre el registro del hogar realizará una revisión, y si la información proporcionada está completa, se procesará el "Certificado de Matrimonio y Nacimiento" en un manera oportuna.
3. Después de llegar al lugar de residencia actual, los adultos en edad fértil deben acudir al municipio del lugar de residencia actual para comprobar el "Certificado de matrimonio y nacimiento de población migrante" dentro de los 15 días.
4. Para migrantes adultos que no cuenten con el “Certificado de Matrimonio y Nacimiento para Población Migrante” unificado a nivel nacional emitido por su lugar de residencia actual, una “Notificación de Reemisión de Acta de Matrimonio y Nacimiento dentro de un Plazo”. "se expedirá a los interesados, y el plazo es de un mes para reexpedir el "Certificado de Matrimonio y Nacimiento de Población Migrante". Durante la fecha límite para la reemisión, los residentes actuales pueden solicitar un "Certificado de matrimonio y nacimiento" temporal para las siguientes personas:
(1) Después de la verificación, la información sobre el matrimonio y el nacimiento es completa y precisa; p>
(2) ) Haber estado registrados legalmente como residentes temporales o empadronados como residentes en su lugar de residencia actual durante más de 1 año, y tener trabajo y residencia estables;
(3) Se han tomado medidas de esterilización.
5. Proceso para el “Certificado de Matrimonio y Nacimiento de Población Migrante”
Referencia: Enciclopedia Baidu.