La palabra, el verdadero tema del derecho civil

Respuesta: a, b, c

La “cancelación de deuda” es un acto jurídico civil unilateral. Sin embargo, según las disposiciones del Código Civil, si un acreedor libera parcial o totalmente de las deudas del deudor, las del acreedor. Los derechos y deudas se extinguirán total o parcialmente, salvo negativa del deudor dentro de un plazo razonable. Según esta disposición, el alivio de la deuda no debe definirse como un acto jurídico civil unilateral.