¿Cuáles son las preguntas frecuentes sobre el registro de marcas en la UE? 1. ¿Cuáles son los problemas comunes con el registro de marcas en la UE? 1. ¿Qué es una marca de la UE? Respuesta: Las marcas de la UE se refieren a marcas registradas por la OAMI (Oficina de Armonización del Mercado Interior de la Unión Europea) de acuerdo con las condiciones estipuladas en el RMC (Reglamento de Marcas de la Unión Europea) y válidas dentro de la UE para identificar y distinguir productos o servicios. 2. ¿Cómo entender la unidad de las marcas de la UE? Respuesta: Las marcas comerciales de la UE y sus solicitudes de registro son válidas en toda la UE. Las solicitudes de marcas y sus correspondientes registros se extenderán automáticamente a los 27 estados miembros. No es posible limitar la protección regional a unos pocos Estados miembros. Además, el registro de marcas en la UE tiene un proceso de registro controlado por la OAMI sin la intervención de las oficinas nacionales de propiedad industrial. Además, la invalidación, denegación o caducidad de cualquier marca de la UE se aplicará en toda la UE. Por último, las marcas de la UE son propiedad unitaria. Solo se puede transferir como propiedad de toda la UE (no de estados miembros individuales). Sin embargo, son posibles algunas licencias de marcas con restricciones geográficas o de otro tipo, incluso licencias limitadas a estados miembros específicos. 3. ¿Cuáles son los 27 estados miembros cubiertos por la marca de la UE? Respuesta: 27 países de la UE: Los actuales estados miembros de la UE incluyen Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal, España, Suecia, Reino Unido, Checoslovaquia, Estonia, Chipre. Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia y Eslovenia. 4. ¿Las marcas de la UE trascienden a los Estados miembros individuales? Respuesta: El sistema de registro de marcas de la UE no tiene ningún impacto en los sistemas de registro de marcas de sus estados miembros (incluidos los sistemas de marcas de Bélgica, los Países Bajos y Luxemburgo). Las empresas son libres de optar por solicitar el registro de marcas en los estados miembros individuales o en la UE, o en ambos. Un gran número de marcas existentes registradas en los estados miembros siguen siendo válidas. Depender únicamente de la protección de la marca de la UE u obtener una doble protección tanto de las marcas de los Estados miembros como de las de la UE depende enteramente de las necesidades estratégicas del solicitante y del propietario de la marca. Sin embargo, si el registro de marca en un estado miembro precede al registro de marca en la UE, entonces la marca en ese estado miembro disfruta de derechos anteriores, y viceversa. Las oficinas de propiedad industrial de los Estados miembros no examinan proactivamente los derechos anteriores. Solo el propietario anterior puede realizar una solicitud, es decir, presentar una objeción dentro de los 3 meses siguientes a la fecha del anuncio de la marca de la UE, o la solicitud no será válida después del registro de la marca de la UE de acuerdo con las regulaciones pertinentes. 5. Si el motivo del rechazo de una solicitud afecta únicamente a un determinado Estado miembro, ¿existe un principio generalmente aplicable para dicho rechazo? Respuesta: Sí. La Oficina de Propiedad Industrial de un Estado miembro rechazará una solicitud de MUE, incluso si los motivos del rechazo se aplican únicamente a esa parte del Estado miembro. Por ejemplo, si una marca contiene un nombre comercial en un idioma oficial de un estado miembro de la UE, la Oficina de Propiedad Industrial de ese estado miembro rechazará la solicitud. El derecho de registro previo afectará al registro de una marca europea incluso si ésta sólo existe en un estado miembro de la UE. Sin embargo, no se debe exagerar el impacto de esta situación. Es poco común que se rechace una marca porque contiene un nombre oscuro o descriptivo o un nombre común en uno de los idiomas oficiales de la UE (que no es uno de los principales idiomas comerciales del mundo). Si el derecho anterior sólo existe en un estado miembro, no hay duda de que este derecho anterior no perderá su validez porque alguien más solicite posteriormente el registro de marca en la UE. Los procedimientos de la OAMI para plantear objeciones e invalidar derechos anteriores ofrecen espacio suficiente para resolver adecuadamente estas cuestiones. Finalmente, una solicitud de registro de marca en la UE que haya sido rechazada, declarada inválida o anulada se puede cambiar a una solicitud de registro de marca en todos los estados miembros de la UE si los motivos del rechazo no se aplican. Además, este tipo de solicitud de marca de un estado miembro también disfruta de la fecha de presentación de la marca de la UE. 6. ¿Es posible realizar un registro internacional de conformidad con el Protocolo de Madrid sobre la base del registro de marca de la UE? ¿Se puede registrar en la UE una marca registrada internacionalmente según el Protocolo de Madrid? Respuesta: La respuesta actual a ambas preguntas es no. Actualmente, la UE no es signataria del Protocolo de Madrid. Aunque la Comisión Europea ha puesto en el orden del día la adhesión de la UE al Protocolo de Madrid y las modificaciones del RMC para adaptar el procedimiento de registro internacional, el Consejo Europeo aún no ha tomado una decisión final. 7. ¿Qué tipo de marcas se pueden registrar como marcas de la UE? Respuesta: La marca de la UE puede incluir cualquier marca que pueda representarse gráficamente, especialmente palabras, incluidos nombres, patrones, letras, números, la forma de los productos o la apariencia de su embalaje, siempre que estas marcas puedan distinguir el uso de un producto. o servicio de otro. Diferenciar tipos de usos.

Por lo tanto, podrán registrarse como marcas las siguientes marcas: - marcas denominativas que incluyan letras, números o una combinación de letras, números y palabras; - marcas gráficas con o sin texto; - marcas gráficas de colores; - tres; -marca dimensional; - marca sonora; - la solicitud de marca debe contener un diagrama de la marca solicitada. 8. ¿Qué marcas no pueden registrarse como marcas de la UE? Respuesta: Aunque algunas marcas cumplen la definición de marca, estas marcas no pueden registrarse como marcas de la UE si existen motivos absolutos para el rechazo, es decir, si la marca: - no tiene ninguna característica distintiva - se refiere específicamente al tipo y calidad de los bienes o servicios, cantidad, uso, valor, origen, fecha de producción o prestación del servicio y otras características; - se ha convertido en una práctica común en el lenguaje o las prácticas comerciales existentes; - viola el orden público o las normas morales generalmente aceptadas; tenga capacidad para engañar al público, tales como descripciones falsas de la naturaleza, calidad u origen de los bienes o servicios; - existan motivos absolutos para rechazar la forma del producto, el origen de las bebidas alcohólicas o determinados símbolos oficiales; -Algunas marcas se pueden distinguir por su finalidad. Además, una marca rechazada por oposición no puede utilizarse como marca registrada en la UE. El titular del derecho anterior deberá presentar una objeción dentro de los 3 meses siguientes a la fecha de publicación de la marca de la UE. Las siguientes circunstancias constituyen derechos anteriores: marca o solicitud previa de la UE; - registro de marca anterior o solicitud de registro en un solo estado miembro de la UE; - registro internacional válido basado en el Acuerdo de Madrid o el Acuerdo de Madrid de los Estados miembros de la UE; uso Otros signos utilizados para el comercio, válidos en varios estados miembros - Marcas notoriamente conocidas de los estados miembros (según el artículo 6 del Convenio de París); - Se rechazará una solicitud de registro de marca de la UE si la marca solicitada es idéntica o similar a una marca anterior y se utiliza en productos iguales o similares; si la marca solicitada es idéntica o similar a una marca de la UE anterior y se utiliza en los mismos; o productos similares Sobre los productos, existe la posibilidad de causar confusión entre algunos miembros del público, incluida la posibilidad de estar relacionados con la marca anterior, entonces la solicitud de registro de marca de la UE será rechazada si la marca solicitada es idéntica o similar; a la marca anterior de la UE, pero los productos utilizados de manera diferente, si la marca anterior tiene cierta reputación y su carácter distintivo o reputación sufrirá competencia desleal y daños, la solicitud de registro de marca de la UE será rechazada. Cabe señalar que si los factores de rechazo existen en cualquier parte o país de la UE, no se permitirá el registro de la marca de la UE en su conjunto. Por ejemplo, si la misma marca se utiliza sólo para los mismos productos o servicios en un país miembro, la marca será rechazada debido a la objeción del propietario de la marca anterior. Estas objeciones también se utilizan como motivo para invalidar las solicitudes de marcas de la UE después de que hayan sido aprobadas para su registro. 9. ¿Cuál es el procedimiento de registro de las marcas de la UE? Respuesta: El procedimiento de registro de marca de la UE es un procedimiento de revisión que incluye principalmente las tres partes siguientes: primero, revisión de la solicitud, que incluye si existe una fecha de solicitud consistente, revisión formal y si hay un rechazo absoluto. En este punto, cree un informe de consulta. El segundo es el anuncio; el tercero es la aprobación del registro (incluida la etapa del proceso de aprobación de la objeción). El primer paso del procedimiento comienza con la aceptación de la solicitud, que es aceptada directamente por la OAMI o a través de varias oficinas nacionales de propiedad industrial. Este paso incluye : - Revisión de la solicitud si las fechas son consistentes y aplican para la revisión de la categoría de la marca o servicio designado - Enviar la lista de productos o servicios al Centro de Traducción de la UE (Luxemburgo) - Elaborar un informe de búsqueda de marcas de la UE; enviar esta solicitud a la oficina de propiedad industrial del estado miembro verificar el lugar de registro nacional y enviar todos los informes al solicitante o su agente - revisar si existen motivos absolutos para el rechazo - la OAMI no revisará únicamente los motivos relevantes del rechazo; después de que se apruebe el registro de marca europea a nombre de terceros. Esta revisión sólo se llevará a cabo si la solicitud es rechazada o retirada; el segundo paso del procedimiento es anunciar la solicitud de registro de marca de la UE, lo que indica que la OAMI ha aceptado la solicitud; registro de marca; el tercer paso es que el tercero con derechos anteriores en el procedimiento presente una objeción, debe presentarse dentro de los 3 meses siguientes a la fecha de publicación de la solicitud de marca de la UE si el solicitante gana la objeción, o no hay objeción. presentada dentro del período de oposición, la solicitud de marca de la UE será aprobada y las opiniones de revisión, objeciones y resoluciones del Departamento Legal podrán presentarse para su revisión durante el proceso de revisión descrito anteriormente. Las resoluciones no definitivas podrán ser revisadas por el comité de revisión que esté pendiente. a la revisión del estado ha abierto el país, y cada vez más empresas optan por cooperar con países extranjeros. La mayor opción es cuáles son los problemas con el registro de marcas de la UE. Obviamente, sabemos que las formas de marcas registradas en el país. en el extranjero son fundamentalmente diferentes, por lo que, dado que elegimos registrar marcas en la UE, debe conocer los problemas que debe enfrentar de antemano.