Por favor, dame la letra en chino de la canción francesa de Celine Dion, Rien N'est Vraiment Fini.

Nada ha terminado todavía.

Esos votos eternos

En un día soleado

Momentos dorados y plateados

Cuando el alma está tranquila

Cuando el silencio arde

Fuego a la brillante luz de la luna

El agua duerme bajo la mirada de la Reina.

Dormir en el lecho del río, nuestras manos recordaron.

No todo ha terminado, el viento sube y baja.

El marinero desaparecido

Su voz me siguió.

Aún no ha terminado.

Real

Perfume Unrealistic

Noches de Miel y Ámbar

Magia suave en la piel

En el camino de nuestras vidas

Todas esas cosas que nos unen

El pasado que nos inquieta

El agua duerme bajo la mirada de la Reina.

Dormir en el lecho del río, nuestras manos recordaron.

No todo ha terminado, el viento sube y baja.

El marinero desaparecido

Su voz me siguió.

Aún no ha terminado.

Real

Si el viento sube y baja,

no ha terminado.

El agua duerme bajo la mirada de la Reina.

Dormir en el lecho del río, nuestras manos recordaron.

No todo ha terminado, el viento sube y baja.

El marinero desaparecido

Su voz me siguió.

Aún no ha terminado.

Lo real

Nada ha terminado.

上篇: ¿Cuáles son las preguntas frecuentes sobre el registro de marcas en la UE? 1. ¿Cuáles son los problemas comunes con el registro de marcas en la UE? 1. ¿Qué es una marca de la UE? Respuesta: Las marcas de la UE se refieren a marcas registradas por la OAMI (Oficina de Armonización del Mercado Interior de la Unión Europea) de acuerdo con las condiciones estipuladas en el RMC (Reglamento de Marcas de la Unión Europea) y válidas dentro de la UE para identificar y distinguir productos o servicios. 2. ¿Cómo entender la unidad de las marcas de la UE? Respuesta: Las marcas comerciales de la UE y sus solicitudes de registro son válidas en toda la UE. Las solicitudes de marcas y sus correspondientes registros se extenderán automáticamente a los 27 estados miembros. No es posible limitar la protección regional a unos pocos Estados miembros. Además, el registro de marcas en la UE tiene un proceso de registro controlado por la OAMI sin la intervención de las oficinas nacionales de propiedad industrial. Además, la invalidación, denegación o caducidad de cualquier marca de la UE se aplicará en toda la UE. Por último, las marcas de la UE son propiedad unitaria. Solo se puede transferir como propiedad de toda la UE (no de estados miembros individuales). Sin embargo, son posibles algunas licencias de marcas con restricciones geográficas o de otro tipo, incluso licencias limitadas a estados miembros específicos. 3. ¿Cuáles son los 27 estados miembros cubiertos por la marca de la UE? Respuesta: 27 países de la UE: Los actuales estados miembros de la UE incluyen Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal, España, Suecia, Reino Unido, Checoslovaquia, Estonia, Chipre. Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia y Eslovenia. 4. ¿Las marcas de la UE trascienden a los Estados miembros individuales? Respuesta: El sistema de registro de marcas de la UE no tiene ningún impacto en los sistemas de registro de marcas de sus estados miembros (incluidos los sistemas de marcas de Bélgica, los Países Bajos y Luxemburgo). Las empresas son libres de optar por solicitar el registro de marcas en los estados miembros individuales o en la UE, o en ambos. Un gran número de marcas existentes registradas en los estados miembros siguen siendo válidas. Depender únicamente de la protección de la marca de la UE u obtener una doble protección tanto de las marcas de los Estados miembros como de las de la UE depende enteramente de las necesidades estratégicas del solicitante y del propietario de la marca. Sin embargo, si el registro de marca en un estado miembro precede al registro de marca en la UE, entonces la marca en ese estado miembro disfruta de derechos anteriores, y viceversa. Las oficinas de propiedad industrial de los Estados miembros no examinan proactivamente los derechos anteriores. Solo el propietario anterior puede realizar una solicitud, es decir, presentar una objeción dentro de los 3 meses siguientes a la fecha del anuncio de la marca de la UE, o la solicitud no será válida después del registro de la marca de la UE de acuerdo con las regulaciones pertinentes. 5. Si el motivo del rechazo de una solicitud afecta únicamente a un determinado Estado miembro, ¿existe un principio generalmente aplicable para dicho rechazo? Respuesta: Sí. La Oficina de Propiedad Industrial de un Estado miembro rechazará una solicitud de MUE, incluso si los motivos del rechazo se aplican únicamente a esa parte del Estado miembro. Por ejemplo, si una marca contiene un nombre comercial en un idioma oficial de un estado miembro de la UE, la Oficina de Propiedad Industrial de ese estado miembro rechazará la solicitud. El derecho de registro previo afectará al registro de una marca europea incluso si ésta sólo existe en un estado miembro de la UE. Sin embargo, no se debe exagerar el impacto de esta situación. Es poco común que se rechace una marca porque contiene un nombre oscuro o descriptivo o un nombre común en uno de los idiomas oficiales de la UE (que no es uno de los principales idiomas comerciales del mundo). Si el derecho anterior sólo existe en un estado miembro, no hay duda de que este derecho anterior no perderá su validez porque alguien más solicite posteriormente el registro de marca en la UE. Los procedimientos de la OAMI para plantear objeciones e invalidar derechos anteriores ofrecen espacio suficiente para resolver adecuadamente estas cuestiones. Finalmente, una solicitud de registro de marca en la UE que haya sido rechazada, declarada inválida o anulada se puede cambiar a una solicitud de registro de marca en todos los estados miembros de la UE si los motivos del rechazo no se aplican. Además, este tipo de solicitud de marca de un estado miembro también disfruta de la fecha de presentación de la marca de la UE. 6. ¿Es posible realizar un registro internacional de conformidad con el Protocolo de Madrid sobre la base del registro de marca de la UE? ¿Se puede registrar en la UE una marca registrada internacionalmente según el Protocolo de Madrid? Respuesta: La respuesta actual a ambas preguntas es no. Actualmente, la UE no es signataria del Protocolo de Madrid. Aunque la Comisión Europea ha puesto en el orden del día la adhesión de la UE al Protocolo de Madrid y las modificaciones del RMC para adaptar el procedimiento de registro internacional, el Consejo Europeo aún no ha tomado una decisión final. 7. ¿Qué tipo de marcas se pueden registrar como marcas de la UE? Respuesta: La marca de la UE puede incluir cualquier marca que pueda representarse gráficamente, especialmente palabras, incluidos nombres, patrones, letras, números, la forma de los productos o la apariencia de su embalaje, siempre que estas marcas puedan distinguir el uso de un producto. o servicio de otro. Diferenciar tipos de usos. 下篇: ¿Cómo hacer un diploma escaneado?