Leyes y reglamentos para la construcción civil

El "Reglamento sobre conservación de energía de edificios civiles" fue adoptado en la 18ª reunión ejecutiva del Consejo de Estado el 23 de julio de 2008 y entró en vigor el 1 de octubre de 2008. Capítulo 1 Disposiciones generales

Artículo 1 Este reglamento está formulado para fortalecer la gestión de conservación de energía de los edificios civiles, reducir el consumo de energía durante el uso de los edificios civiles y mejorar la eficiencia en la utilización de la energía.

Artículo 2: El término "conservación de energía en edificios civiles", tal como se menciona en este Reglamento, se refiere a actividades que reducen el consumo de energía durante el uso de edificios civiles con la premisa de garantizar sus funciones y la calidad del ambiente térmico interior.

El término "edificios civiles", tal como se menciona en este Reglamento, se refiere a edificios residenciales, edificios de oficinas de agencias estatales y otros edificios públicos tales como comerciales, de servicios, educativos, de salud, etc.

Artículo 3 Los gobiernos populares en todos los niveles fortalecerán el liderazgo sobre el trabajo de conservación de energía de los edificios civiles, cultivarán activamente el mercado de servicios de conservación de energía de los edificios civiles, mejorarán el sistema de servicios de conservación de energía de los edificios civiles, promoverán el desarrollo y la aplicación de los servicios civiles. construir tecnología de conservación de energía, y hacer un buen trabajo en propaganda y trabajo educativo sobre conocimientos de conservación de energía para edificios civiles.

Artículo 4: El Estado fomenta y apoya el uso de fuentes de energía renovables como la energía solar y la energía geotérmica en edificios nuevos y la renovación de edificios existentes con ahorro de energía.

En áreas con condiciones para la utilización de energía solar, los gobiernos populares locales relevantes y sus departamentos deben tomar medidas efectivas para alentar y apoyar a las unidades e individuos a instalar y utilizar sistemas solares de agua caliente, sistemas de iluminación, sistemas de calefacción y sistemas de calefacción y refrigeración y otros sistemas de utilización de energía solar.

Artículo 5: El departamento administrativo de construcción del Consejo de Estado es responsable de la supervisión y gestión de la conservación de energía en los edificios civiles en todo el país. Los departamentos de construcción de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión de la conservación de energía en los edificios civiles dentro de sus respectivas regiones administrativas.

Los departamentos pertinentes del gobierno popular a nivel de condado o superior serán responsables del trabajo relacionado con la conservación de energía de los edificios civiles de acuerdo con las disposiciones de estas regulaciones y la división de responsabilidades especificada por el gobierno popular. al mismo nivel.

Artículo 6: El departamento administrativo de construcción del Consejo de Estado, bajo la guía del plan nacional especial de conservación de energía a mediano y largo plazo, preparará un plan nacional de conservación de energía para edificios civiles y lo conectará con los pertinentes. planes.

El departamento de construcción del gobierno popular local a nivel de condado o superior organizará la preparación de planes de conservación de energía para edificios civiles en sus respectivas regiones administrativas y los presentará al gobierno popular del mismo nivel para su aprobación antes de su implementación.

Artículo 7: El Estado establecerá y mejorará el sistema estándar de ahorro de energía para los edificios civiles. Las normas nacionales de conservación de energía para edificios civiles son organizadas y formuladas por el departamento de construcción del Consejo de Estado y publicadas de acuerdo con los procedimientos legales.

El estado fomenta la formulación y adopción de estándares locales de ahorro de energía para edificios civiles que sean superiores a los estándares nacionales de ahorro de energía para edificios civiles.

Artículo 8 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior organizarán fondos de conservación de energía para edificios civiles para apoyar la investigación científica y tecnológica y la formulación estándar de conservación de energía para edificios civiles, renovación con ahorro de energía de envolventes de edificios y sistemas de calefacción existentes. , La aplicación de energías renovables, así como la promoción de proyectos de demostración de ahorro de energía en edificios civiles y proyectos de ahorro de energía.

El gobierno orienta a las instituciones financieras para que brinden apoyo a proyectos como la renovación de edificios existentes para ahorrar energía, la aplicación de energía renovable y proyectos de demostración de ahorro de energía en edificios civiles.

Los proyectos de ahorro de energía en edificios civiles disfrutan de incentivos fiscales de acuerdo con la ley.

Artículo 9: El Estado promueve activamente la reforma del sistema de calefacción, mejora el mecanismo de formación del precio de la calefacción, fomenta el desarrollo de la calefacción centralizada e implementa gradualmente un sistema de cobro basado en el consumo de calor.

Artículo 10: Las unidades e individuos que hayan logrado logros sobresalientes en la conservación de energía de edificios civiles serán elogiados y recompensados ​​de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.

El Estado anima a los fondos sociales a invertir en la renovación de los edificios existentes para ahorrar energía.