El principio de responsabilidad por culpa significa que en la responsabilidad civil por daños y perjuicios deben existir cuatro elementos constitutivos: culpa, daño, relación de causalidad y base jurídica. Entre ellos, la culpa se refiere a la negligencia o conducta intencional del causante del daño.
El principio de responsabilidad por culpa es una de las fuentes básicas de la responsabilidad civil por daños en mi país. Requiere que cuando se produce un hecho dañoso, deben cumplirse los cuatro elementos constitutivos de culpa, daño, relación de causalidad y base jurídica. estar presente al mismo tiempo. Entre ellos, la culpa se refiere a la negligencia o conducta intencional del causante del daño. Específicamente, la culpa tiene las dos formas siguientes: 1. Negligencia: Se refiere a que el infractor no cumple con su debido deber de diligencia, no toma las precauciones necesarias o viola las normas, estándares, etc. de seguridad conocidos, causando sufrimiento a otros 2. Comportamiento intencional: significa que el causante del daño sabe que su comportamiento puede causar daño, pero aun así lo lleva a cabo deliberadamente. Al confirmar si hay culpa en una infracción, es necesario considerar factores como el deber de diligencia que debe ejercer el infractor en circunstancias específicas, las normas que deben observarse y una consideración integral de los factores subjetivos y objetivos del actor para determinar si hay culpa.
¿Existe alguna circunstancia en la que se pueda eximir de responsabilidad por culpa? En determinadas circunstancias, como por ejemplo los efectos de fuerza mayor, la responsabilidad por culpa podrá quedar exenta. Sin embargo, esto requiere un análisis específico basado en circunstancias específicas y no puede generalizarse. Al mismo tiempo, en los casos de daños civiles, la parte infractora también debe cumplir con la responsabilidad de autoprotección y autoprevención, de lo contrario puede afectar el resultado de la sentencia.
Como una de las fuentes básicas de responsabilidad civil por daños y perjuicios, el principio de responsabilidad por culpa debe cumplir con los cuatro elementos constitutivos de culpa, daño, causalidad y base jurídica. Entre ellos, la culpa se refiere a la negligencia o conducta intencional del causante del daño. Al confirmar la responsabilidad por culpa, es necesario analizar y juzgar en función de la situación específica, y considerar de manera integral los factores subjetivos y objetivos del perpetrador.
Base legal:
Artículo 9 de la Ley de Responsabilidad Extracontractual de la República Popular China. Si infringe los derechos e intereses civiles de otros, asumirá la responsabilidad extracontractual. La responsabilidad por la infracción será asumida por el infractor, salvo disposición legal en contrario.