8? La ley natural tiene su origen en la filosofía griega antigua. El famoso filósofo natural Heráclito mencionó la ley natural y la ley creada por el hombre, creyendo que la ley es producto de la guerra y la atribuyó a un producto eterno. (Siglo VI a. C.) Inicialmente incluso señaló la diferencia entre la ley natural y la ley creada por el hombre, pero no presentó más argumentos. Pero más tarde, Protágoras, figura representativa de los sofistas, profundizó en esto y creía que el derecho se originaba en el estado de naturaleza y era una manifestación de la justicia. Sobre esta base, Sócrates dividió formalmente el derecho en dos tipos: derecho escrito y derecho no escrito. Y señaló que la ley es el código de conducta de los ciudadanos. La ley no escrita es la norma del comportamiento humano y la legislación de Dios debe obedecer a la legislación de Dios. Su alumno Platón, especialmente su discípulo Aristóteles, propuso y demostró formalmente la idea básica de la ley natural desde una perspectiva jurídica en el libro "Política", pero no fue sistemática.
8?Cicerón, el famoso pensador, político y jurista de la antigua Roma, tomó la iniciativa en la sistematización del derecho natural. Su obra maestra "Leyes" es una obra representativa que expone sistemáticamente la teoría del derecho natural. No sólo definió el derecho natural, sino que también lo relacionó con la razón y la justicia, afirmando que tanto la razón como la justicia se originaban en la naturaleza. En su opinión, las leyes de la naturaleza son eternas y nunca cambian, lo cual es absolutamente correcto, pero hay dos situaciones en el derecho personal (derecho escrito): cualquier derecho personal que se ajuste a los principios del derecho natural es derecho legítimo, en caso contrario lo es; no ley. Cicerón llevó la teoría del derecho natural a su primer pico en la historia del desarrollo, pero fue la cristalización de la sabiduría colectiva de los pensadores y juristas griegos antiguos. Sin embargo, la teoría del derecho natural de este período tenía limitaciones obvias: en primer lugar, en última instancia conectaba el derecho natural con Dios; en segundo lugar, no estaba integrada con la práctica social; Aunque Platón, Aristóteles y Cicerón concedían gran importancia al derecho natural, todavía eran "castillos en el aire", por lo que su teoría del derecho natural sólo podía convertirse en una herencia cultural.
8? La Edad Media fue un período de decadencia para toda la ciencia jurídica. El derecho, como otras ciencias sociales, se ha convertido en "vasallo" y "siervo" de la teología. Los teólogos, sin embargo, no olvidaron el concepto de ley natural. Después de su cuidadoso diseño, pusieron la ley natural bajo el manto de la teología y propusieron públicamente que la ley natural pertenece a lo que llamaron la ley eterna creada por Dios, lo que redujo en gran medida el estatus de la ley natural. Según ellos, sólo la ley eterna es la ley suprema, que se origina en la sabiduría de Dios, es decir, sólo Dios puede unificar ley, justicia y razón.
8?Escuela Clásica de Derecho Natural
8?La Escuela Clásica de Derecho Natural se formó en los siglos XVII y XVIII, con Grocio (Países Bajos) como su fundador y Locke (Gran Bretaña) , Montesquieu (Francia), Rousseau (Francia), Hamilton (Estados Unidos) y Jefferson (Estados Unidos) son los principales representantes. Estos pensadores burgueses heredaron la naturaleza histórica. Grocio declaró: "La ley es la encarnación de la razón" y "la norma de la justicia" dio una definición clara de la ley natural: "La ley natural es el mandato de la verdadera razón y la norma de todas las acciones". La justicia difiere de la antigua teoría griega del derecho natural. Introdujo la razón del cielo a la tierra, es decir, la razón a la que se refería era la razón humana, no Dios. Lo que es aún más valioso es que la escuela clásica de derecho natural vinculó la justicia y la racionalidad con la democracia burguesa, los derechos humanos y el Estado de derecho, y se convirtió en el arma teórica de la revolución burguesa. También expusieron muchas ideas progresistas valiosas en ese momento:
8.7. Visiones básicas de la escuela clásica del derecho natural
8.4 Teoría de la racionalidad jurídica. El principio básico de la teoría del derecho natural es reconocer que además del derecho positivo (ley de conducta) promulgado por el Estado, también existe una especie de derecho natural "superjurídico" que anula el derecho positivo. Creen que el derecho natural es superior al derecho positivo, es la base del derecho positivo y también es un medio de supervisión del derecho positivo. Todos los representantes del derecho natural en diferentes épocas vincularon el derecho natural con la razón, pero sus destinos fueron diferentes. La antigua Grecia atribuyó la razón a la naturaleza, la Edad Media atribuyó la razón y la justicia a Dios y los representantes de la escuela burguesa de derecho natural se la atribuyeron al hombre. Creen que existen leyes naturales en la racionalidad humana, por lo que todos los seres humanos racionales deben regirse por leyes naturales.
8?4 Teoría de los derechos humanos naturales. La teoría de los derechos humanos naturales fue propuesta por primera vez por Grocio, sistematizada por Locke y regulada por Paine y otros en la Declaración de Independencia y la Declaración de los Derechos del Hombre y los Derechos Civiles. Sus principales contenidos son: 1) Los derechos humanos son innatos; 2) La base de los derechos humanos es el individuo; 3) Los derechos humanos son abstractos y trascienden las clases; 4) Los derechos humanos incluyen principalmente: el derecho a la vida, la libertad, la igualdad y la propiedad; derechos, los derechos de propiedad son el núcleo. Después de la Segunda Guerra Mundial, se añadió nuevo contenido a los derechos humanos.
8?4 Teoría del Contrato Social. Ésta es la base teórica de la escuela de derecho natural clásica. Hobbes, Locke y Rousseau llevaron a cabo sucesivamente argumentos sistemáticos sobre esta cuestión. Aunque sus razones son diferentes, sus conclusiones son consistentes, es decir, en el estado de naturaleza, las personas celebran un contrato, establecen un país y renuncian a algunos derechos sobre el país, y el país protegerá los derechos humanos de todos los ciudadanos. Sus sucesores extendieron la teoría del contrato social a todas las áreas de la vida económica, política y social.
8?4. La soberanía es del pueblo. Esta es la extensión y desarrollo de la teoría de los derechos humanos naturales y la teoría del contrato social. Según Rousseau, debido a que el pueblo transfiere algunos derechos al Estado, estos derechos no pertenecen a ningún individuo; por lo tanto, el pueblo debe ser libre en el Estado. La soberanía del Estado sólo puede pertenecer al pueblo. y el pueblo puede cambiar el gobierno. Sobre esta base, Rousseau propuso la teoría de la "soberanía en el pueblo" o "soberanía popular". Señaló que la "soberanía popular" debe incluir los siguientes principios: (1) la soberanía es inalienable; (2) la soberanía es indivisible; (3) la soberanía no puede ser representada; (4) la soberanía es suprema e inviolable;
8?4 Teoría del Estado de derecho. La escuela de derecho natural aboga por el establecimiento de un país regido por la ley, enfatizando la supremacía de la ley, la igualdad ante la ley, el manejo de los asuntos de acuerdo con la ley y las limitaciones de poder, y considera el estado de derecho como la estrategia y el sistema político. para gobernar el país.
8?7 Evaluación de la Escuela de Derecho Natural Clásico
8?5 La Escuela de Derecho Natural Clásico es la escuela jurídica más influyente y más antigua de la jurisprudencia occidental, especialmente desde el siglo XX. siglo se ha convertido en una de las tres escuelas principales de Occidente y alguna vez tuvo una amplia circulación en todo el mundo:
8? La teoría de la escuela de derecho natural clásica es el arma ideológica de la revolución burguesa y juega. un papel importante en el derrocamiento de la autocracia y la teocracia feudales jugó un papel muy importante.
8? Teorías de la escuela clásica de derecho natural sobre la libertad, la democracia, los derechos humanos, el estado de derecho y el constitucionalismo. No es sólo una manifestación importante del progreso social humano y de la civilización política, sino también una referencia para el desarrollo social de mi país y la construcción de un país socialista regido por el derecho.
8? La base teórica de la escuela de derecho natural es el idealismo histórico, y su llamada "racionalidad humana" y "derechos humanos naturales" tienen limitaciones históricas e hipocresía.
8.5 El resurgimiento de la teoría del derecho natural
8.5 En el siglo XIX, con la consolidación del poder burgués y las nuevas exigencias de la lucha de clases, la escuela de derecho natural fue reemplazada gradualmente por la escuela de derecho histórica En cambio, también surgió la escuela de derecho analítica.
8? Pero en el siglo XX, la escuela de derecho natural resurgió y el jurista alemán Stamler propuso la teoría del "derecho natural con contenido variable". Cree que el derecho debe primero coexistir lógicamente con los fenómenos sociales y económicos. No es la economía la que determina la ley, sino la ley la que determina la economía. Distinguió entre "derecho legítimo" y "derecho ilegal" y creía que el "derecho legítimo" evolucionó a partir del "derecho ilegal". Lo que él llama "justicia" e "injusticia" no reside en el contenido de la ley, sino en la forma de la ley. Siempre que la forma de la ley sea adecuada a las normas establecidas, es "derecho propio".
8? El "renacimiento de la escuela de derecho natural" se puede dividir a grandes rasgos en dos partes: una parte de los juristas cree en el catolicismo, también conocida como la escuela jurídica neoescolástica. Su representante es Maritain de. Francia cree que la posesión privada de riqueza pertenece al derecho natural. "El derecho natural es derecho porque es una rama del derecho eterno. Aunque algunos juristas no adoptan abiertamente una postura religiosa, defienden que la razón debe obedecer a la fe y combinarla". El derecho se interpreta como un ideal de justicia eterna, como lo hace el jurista italiano Delvico.
8? Durante la Segunda Guerra Mundial, las opiniones de la escuela de derecho natural recibieron mayor atención, especialmente a través de varios debates importantes como los de Fuller y Harker, Harker y Dworkin, que aumentaron enormemente el prestigio de la escuela de derecho natural. .
8. El derecho natural ha pasado a grandes rasgos por cuatro etapas en su historia de desarrollo: derecho natural naturalista, derecho natural teológico, derecho natural racional y nuevo derecho natural.
8?5 Características del nuevo derecho natural
8?5 En rigor, el resurgimiento del derecho natural debería comenzar después de la Segunda Guerra Mundial y tener las siguientes características:
p>8?5. Enfatizar las limitaciones de los derechos humanos al poder estatal. La nueva escuela de derecho natural tiene dos facciones o dos direcciones de desarrollo, a saber, la escuela secular y la escuela teológica, pero ambas enfatizan las limitaciones de los derechos humanos sobre el poder estatal. Por ejemplo, Radbruch, ministro de Justicia del gobierno de Weimar, creía que las leyes deben tener un valor absoluto y que las leyes que niegan los derechos humanos son "leyes absolutamente equivocadas". Señaló que el positivismo facilitó el abuso de poder por parte de los regímenes fascistas. Sus opiniones jurídicas jugaron un papel importante en los juicios a los fascistas en Alemania en la posguerra. Pero, al fin y al cabo, Radbruch es un relativista y un agnóstico típico, lo que por supuesto hay que negar. Maridan era un representante de la nueva escuela de teología del derecho natural y defendía el uso de las enseñanzas cristianas para transformar la sociedad. Su característica más destacada es que conceden gran importancia a los derechos humanos. Escribieron un famoso libro "Derechos humanos y derecho natural", defendiendo el uso de los derechos humanos para restringir el poder del Estado.
8?5. Enfatizar los valores del capitalismo contemporáneo. La nueva escuela de derecho natural no se limita a repetir las enseñanzas sobre el estado de naturaleza, el derecho natural, los derechos naturales y el contrato social, sino que conserva la antigua forma y aporta nuevos contenidos, o simplemente abandona todas las ficciones y enfatiza directamente la dependencia del derecho de la moralidad. . Representantes destacados a este respecto son la teoría de la justicia de Rawls y la teoría de los derechos de Dworkin. Dworkin creía que los individuos tienen derechos inviolables que no sólo están prescritos por la ley sino que existen sin restricciones.
8?5. La influencia de la nueva escuela de análisis empírico. La nueva escuela de derecho natural comenzó a prestar atención a los factores formales del derecho, y la figura representativa a este respecto fue el académico estadounidense Fuller. Propuso la teoría del "derecho procesal y el derecho natural" y creía que el sistema jurídico real contiene una moral inherente, es decir, la moral inherente al derecho, también conocida como principio jurídico, que es una moral procesal especial y ampliada, que incluye : (1 ) La generalidad de la ley; (2) Publicidad (3) No retroactividad; (4) Claridad de la ley; (5) Evitar contradicciones legales (6) La ley no debe exigir que lo imposible se convierta en una sola cosa; (7) Estabilidad jurídica; (8) Consistencia entre el comportamiento oficial y la ley.
8.5 Representantes de la nueva escuela de derecho natural y sus puntos de vista
8. Los principales representantes de la nueva escuela de derecho natural son: Radbruch de Alemania y Maritain de Francia, Fuller, Dworkin. y Rawls en Estados Unidos.
8.5 Evaluación de la Escuela de Derecho Natural
8. La Escuela de Derecho Natural ha estado en la misma línea en la jurisprudencia occidental y se ha transmitido hasta nuestros días. tres escuelas importantes de Occidente en la actualidad. Ocupa una posición importante en la historia jurídica occidental.
8? La teoría de la escuela clásica de derecho natural fue el arma ideológica de la revolución burguesa y jugó un papel enorme en el derrocamiento de la autocracia y la teocracia feudales.
8? Las ideas de la escuela de derecho natural sobre la democracia liberal, los derechos humanos, el estado de derecho y el constitucionalismo no sólo son símbolos importantes del progreso humano y la civilización política, sino que también promueven el desarrollo social. Para nuestro país tiene un significado de referencia gobernar el país según la ley y construir un país socialista bajo el Estado de derecho.
8? Como base teórica de la escuela de derecho natural, la visión idealista de la historia tiene limitaciones históricas e hipocresía en su llamada "racionalidad humana" y "derechos humanos naturales".
8?5 Escuela de Derecho Social
8?7 Descripción general
8?La Escuela de Derecho Social también se llama derecho sociológico. El significado de esta escuela es bastante confuso y generalmente hay dos explicaciones: una es utilizar perspectivas y métodos sociológicos para estudiar el derecho, estudiar la relación entre el derecho y otros fenómenos sociales, especialmente para estudiar los efectos y propósitos sociales del derecho; En primer lugar, el énfasis del derecho en los intereses sociales, propugnando la "socialización del derecho".
8? A principios del siglo XX, estas dos explicaciones todavía eran significativas, porque aunque la primera abogaba por el uso de perspectivas y métodos sociológicos para estudiar el derecho, todavía enfatizaba los intereses personales y la libertad personal. Sin embargo, después de la década de 1920, la "socialización legal" ha ganado un dominio absoluto y las dos explicaciones anteriores se han vuelto realmente consistentes.
8? Originalmente, los tres conceptos de sociología del derecho, derecho social y sociología del derecho son consistentes. Por supuesto, como los propios investigadores son juristas o sociólogos, el enfoque y el ángulo de la investigación son diferentes. En términos generales, la sociología del derecho es "declarativa" y la sociología del derecho es "prescriptiva", lo que significa que los juristas se centran en las disposiciones jurídicas y los sociólogos se centran en enunciar hechos relevantes.
8?5 Desde la perspectiva de la historia del desarrollo de la sociología y el derecho, se puede dividir a grandes rasgos en dos etapas principales:
8?5 Sociología y derecho tempranos.
Se produjo a finales del siglo XIX y su fundador fue el conde de Francia. Comte fue también el fundador del positivismo. La jurisprudencia sociológica temprana interpretó el derecho desde diferentes perspectivas, como la biología, la etnología o la psicología. Por ejemplo, el sociólogo británico Spencer, basándose en la biología, cree que la sociedad y el país son un organismo. Al igual que la biología, la relación entre las personas es también una competencia por la supervivencia, la supervivencia del más fuerte. La tarea de la ley es proteger la libertad individual. Una persona puede ejercer cualquier actividad que desee siempre que no impida la misma libertad de los demás. El sociólogo austriaco Prevec creía que la fuerza impulsora del desarrollo social es la lucha racial. Los países se originaron a partir de naciones primitivas poderosas, que conquistaron naciones primitivas débiles. Con el surgimiento de las naciones, se formaron luchas de clases internas y guerras entre naciones. La ley es una herramienta para que el grupo gobernante gobierne al grupo gobernado a través del poder estatal. El sociólogo francés Talde y el sociólogo estadounidense Ward explicaron el derecho como un fenómeno psicológico, creando así la jurisprudencia psicológica en la jurisprudencia sociológica temprana.
8? Sociología y derecho modernos. Está dividido en dos escuelas, a saber, la escuela americana y la escuela francesa. La escuela francesa también se llama escuela europea y su representante es el sociólogo austriaco Ehrlich. Cree que el foco del desarrollo jurídico no es la legislación y la sentencia, sino la sociedad misma, que no es el derecho escrito, sino el orden interno de las organizaciones sociales. El fundador del derecho sociológico estadounidense moderno es el famoso jurista Pound (que se analiza en un capítulo especial más adelante).
8. Las principales diferencias entre el derecho sociológico temprano y el derecho sociológico moderno son: (1) El derecho sociológico moderno no sólo aboga por el uso de perspectivas y métodos sociológicos para estudiar el derecho, sino que también enfatiza que el derecho es un efecto social y Propósito social; (2) La jurisprudencia sociológica temprana enfatizaba los intereses personales y los derechos individuales, mientras que la jurisprudencia sociológica moderna enfatiza los intereses sociales; (3) La jurisprudencia sociológica moderna no explica el derecho desde la perspectiva de la biología, la raza o la psicología. Diferentes perspectivas, pero desde diversas disciplinas.
8? Además, hay algunas escuelas de jurisprudencia occidental moderna que son diferentes de la jurisprudencia sociológica de Pound. Generalmente no se llaman jurisprudencia sociológica, pero a juzgar por sus tendencias básicas, todavía pertenecen a la jurisprudencia sociológica. La categoría se puede clasificar en la tribu de la jurisprudencia sociológica. Por ejemplo, la jurisprudencia social asociacionista fundada por el jurista francés Digui, el realismo jurídico americano y el derecho de intereses alemán, etc.
Escuela de Análisis 8?7?8?5
El origen y desarrollo de la Escuela de Análisis 8?7
La Escuela de Análisis 8?7 fue una de las tres principales escuelas de jurisprudencia occidental en el siglo XIX Una de las escuelas que gobernaron Gran Bretaña durante mucho tiempo. Hoy en día, todavía se considera el hogar de los "tres pilares" de la jurisprudencia occidental.
8? La escuela analítica ha pasado a grandes rasgos por dos etapas históricas, a saber, la escuela analítica temprana con Austin como su fundador y la nueva escuela analítica representada por Hart.
8? El surgimiento de la escuela analítica en Gran Bretaña no fue accidental, sino una consecuencia jurídica directa del compromiso revolucionario burgués británico. El punto principal de Austin es:
8? El derecho es el orden del soberano, que amplía la categoría básica del derecho de "obligaciones y sanciones". En su opinión, la ley sólo puede aplicarse si es una orden; si es sólo "información" y "esperanza", en realidad es difícil de cumplir. Creía que la ley, como una especie de orden, sólo tiene significado práctico y puede ser universalmente vinculante si proviene de su propietario.
8? No existe conexión entre derecho y moralidad, que es la diferencia entre derecho positivo y derecho ideal. En su opinión. El derecho es un método de investigación, y "el mal derecho también es derecho" también entra dentro del ámbito de la investigación.
8? Creía que existen dos tipos de derecho, a saber, el derecho aplicable y el derecho positivo. La tarea de la jurisprudencia es estudiar el derecho positivo, creando así una especie de investigación empírica y formalista en el campo del derecho. .
8? No hay duda de que los puntos de vista de Austin son contradictorios con los de la escuela de derecho natural; al mismo tiempo, es absurdo para él separar derecho y moralidad pero su visión de que el derecho debe estudiarse es positiva; El derecho tiene cierto valor y promueve objetivamente el desarrollo del derecho.
8?7 Nueva Jurisprudencia Positivista Analítica
8? El fundador de la Nueva Jurisprudencia Positivista Analítica es el jurista británico Hort, quien originalmente era un abogado litigante. En 1952, fue ascendido de profesor en la Universidad de Oxford a profesor de derecho y se jubiló en 1978. Sus principales obras incluyen "El concepto de derecho" (1961), "Derecho, libertad y moralidad" (1968) y "Ensayos recopilados sobre jurisprudencia y filosofía" (1983).
8?La jurisprudencia neopositivista se formó y desarrolló en el debate.
Después de la guerra, Hart tuvo tres debates importantes con representantes de la nueva escuela de derecho natural: el primero fue un debate de varios años entre Hart y el jurista estadounidense Fuller; el tercer debate entre Hart y el juez británico Devlin; el segundo debate; debate entre Hart y el jurista estadounidense Dworkin.
8?5 En abril de 1957, Hart realizó un informe sobre "La diferencia entre positivismo y derecho y moralidad", defendiendo el positivismo jurídico y atacando a Fuller y otros, revelando así el primer debate sobre la ganadería. Fuller publicó inmediatamente "Positivismo y lealtad a la ley: una respuesta al profesor Hart" para refutarlo. En la década de 1960, los dos publicaron sus respectivas obras maestras: "El concepto de derecho" de Hart y "La moralidad del derecho" de Fuller, exponiendo sistemáticamente sus respectivos puntos de vista y refutándose mutuamente. Este debate es en realidad un debate entre el derecho natural tradicional y el positivismo jurídico en la jurisprudencia occidental. La jurisprudencia analítica cree que el derecho natural es una metafísica que estudia el derecho ideal o justo en lugar del derecho real. El derecho natural sostiene que el derecho positivo, normalmente las leyes promulgadas por el Estado, debe ser coherente con el derecho natural, que representa un cierto tipo de justicia y moralidad.
8? El segundo foco de debate sigue siendo la relación entre derecho y moralidad. La cuestión específica es si la ley prohíbe la homosexualidad adulta. El juez Devlin abogó por una prohibición, mientras que Hart argumentó que no debería prohibirse basándose en una ética liberal. Durante el debate, hubo quienes apoyaron a Devlin y quienes apoyaron a Hart.
8?El tercer debate es entre Hart y Dworkin. Dworkin se opuso a las reglas primarias y secundarias de Hart y profundizó en la relación entre principios, reglas y políticas.