La escuela analítica, también conocida como escuela jurídica positivista. Creen que las malas leyes también son leyes y no requieren que las leyes se ajusten a requisitos morales. Prestan atención a dos aspectos. Uno es la formulación autorizada. En segundo lugar, la validez social.
Suplemento:
La escuela jurídica positivista tiene dos definiciones o conceptos de derecho, a saber, el concepto jurídico con eficacia social como elemento definitorio principal y el concepto jurídico con formulación autorizada como elemento definitorio principal. elemento primario. Los principales representantes de conceptos jurídicos con efectividad social como elemento definitorio principal son la sociología jurídica y el realismo jurídico. El principal representante del concepto jurídico con formulación autorizada como elemento principal es la jurisprudencia analítica. La escuela de derecho natural exige que las leyes se ajusten a los requisitos morales. Los no positivistas consideran la exactitud del contenido como un elemento definitorio necesario de un concepto jurídico. Al mismo tiempo, también se puede prestar atención a la formulación autorizada y la eficacia social de la ley. Por tanto, el concepto de jurisprudencia no positivista se puede dividir en dos categorías. En primer lugar, la corrección del contenido es el único factor definitorio del concepto jurídico; en segundo lugar, la corrección y autoridad del contenido y el positivismo social se toman como elementos definitorios del concepto jurídico. La primera está representada por la teoría tradicional del derecho natural, y la segunda está representada por la llamada teoría jurídica de la tercera vía que trasciende la disputa entre derecho natural y positivismo.