Si ocurren los siguientes eventos fuera del control de cualquiera de las partes, el cumplimiento por cualquiera de las partes de cualquier obligación bajo este contrato (excepto la obligación de pagar costos de materiales) se impide o no se puede realizar, incluyendo :
Desastre natural, huelga, incendio, cierre patronal, inundación, guerra, insurrección, motín, manifestación, intervención federal o gubernamental, interrupción del suministro de mano de obra, accidente, capacidad de transporte insuficiente o retraso en el tránsito o cualquier otro asunto más allá del control razonable del Comprador o Vendedor, se denominan fuerza mayor en este artículo. La parte que alegue (para cumplir con sus obligaciones) encontrarse con fuerza mayor deberá notificar detalles razonables y detallados de la fuerza mayor y hacer su mejor estimación de la duración de la fuerza mayor. La parte ejecutante afectada no es responsable del impacto (fuerza mayor) que sufra la otra parte debido al envío de materiales, cambios en el mercado o valor (de las mercancías).
Si cualquier obligación (distinta a la obligación de pago de materiales) se ve obstaculizada o retrasada debido a un evento de fuerza mayor, el tiempo afectado por la fuerza mayor podrá terminarse después de que la parte afectada notifique por escrito o con copia a la otra parte se amplía el plazo para el cumplimiento de las obligaciones.
Si por fuerza mayor el derecho a renunciar al cumplimiento continuo de las obligaciones derivadas del contrato, las nuevas obligaciones entre el comprador y el vendedor continuarán ejecutándose.
15. Liquidación
Cuando el comprador o el vendedor no puede pagar cualquier parte pagadera en virtud de este contrato u otros contratos entre el comprador y el vendedor, o una de las partes (por culpa) ) se declara en quiebra o incompetente Sin limitar ningún otro derecho, la otra parte (el beneficiario) tiene el derecho de reclamar unilateralmente la rescisión de cualquiera o todos los contratos en cualquier momento (estos contratos se rescinden automáticamente), pero la obligación de realizar pagos válidos permanece.
Si hay una diferencia de precio entre el precio marcado en este contrato y el precio de mercado de productos similares (determinado por el beneficiario después de múltiples inspecciones dentro de un tiempo razonable o en base a una actitud comercial razonable), el precio Se calculará y acumulará Calcular la pérdida neta en valor de mercado entre el vencimiento de la deuda y el precio de compra de mercado.
16. Obligaciones
Bajo ninguna circunstancia el Comprador o el Vendedor serán responsables de los daños emergentes y del desempeño específico.
17, Garantía
18, Transferencia
Ni el Comprador ni el Vendedor podrán ceder, directa o indirectamente, todo o parte de sus derechos sin el consentimiento previo por escrito. de la otra parte y obligaciones. Sin embargo, el vendedor puede transferir los derechos sobre el producto del precio de los bienes a su banco financiero después de notificar por escrito al comprador, y el comprador deberá confirmar que el banco financiero del vendedor conoce y acepta la transferencia anterior.