(2) El objeto de la relación jurídica educativa, es decir, el objeto al que se dirigen los derechos y obligaciones del sujeto de la relación jurídica educativa, incluyendo la riqueza material, la riqueza intangible y el comportamiento;
(3) Educación El contenido de la relación jurídica se refiere a los derechos y obligaciones que disfruta el sujeto de la relación jurídica de conformidad con la ley.