Los departamentos administrativos de personal de los gobiernos populares de las ciudades y condados (ciudades, distritos) divididos en distritos son responsables de la organización, implementación y gestión de la capacitación de los funcionarios públicos nacionales dentro de sus respectivas regiones administrativas.
Todos los departamentos de los gobiernos populares a nivel de condado o superior serán responsables de implementar y gestionar la capacitación de los funcionarios públicos nacionales en sus propios departamentos de acuerdo con estas regulaciones. Artículo 4 La formación de los funcionarios públicos nacionales seguirá los principios de integrar la teoría con la práctica, combinar el aprendizaje con la aplicación, la enseñanza según la demanda y centrarse en los resultados reales.
Los funcionarios nacionales tienen el derecho y la obligación de participar en la formación. Artículo 5 La formación de los funcionarios públicos nacionales se divide en cuatro categorías: formación inicial, formación en el puesto de trabajo, formación empresarial especializada y formación de actualización de conocimientos. Artículo 6 La capacitación inicial se refiere a la capacitación brindada por las agencias administrativas estatales en todos los niveles al personal no directivo recién contratado por debajo del nivel de jefe de sección.
Después de la formación inicial, se deben alcanzar los siguientes objetivos de formación:
(1) Mejorar la calidad política.
(2) Mejorar la ética profesional y familiarizarse; con el código de conducta de los funcionarios públicos nacionales;
(3) Comprender las funciones, los procedimientos operativos y el entorno de trabajo de las agencias administrativas nacionales, y dominar los métodos, procedimientos y habilidades básicas de trabajo. Artículo 7 La formación inicial se realizará durante el período de prueba, y el tiempo de formación no será inferior a 10 días (60 horas). Los resultados de la formación son uno de los contenidos de la evaluación de prueba. Artículo 8 La capacitación laboral se refiere a la capacitación brindada a los servidores públicos nacionales que han sido promovidos a cargos directivos de acuerdo con los requisitos de los cargos correspondientes. Los funcionarios nacionales que sean ascendidos a puestos no directivos estarán sujetos a las normas sobre formación en el trabajo.
Después de la capacitación en el trabajo, se deben lograr los siguientes objetivos de capacitación:
(1) Mejorar las cualidades políticas y profesionales;
(2) Mejorar organización, toma de decisiones, coordinación y capacidad de innovación;
(3) Ampliar y complementar los nuevos conocimientos y habilidades necesarios. Artículo 9 La formación en el puesto de trabajo debe completarse dentro del medio año después de asumir el cargo y el tiempo de formación en el puesto de trabajo no debe ser inferior a 30 días (180 horas). Si no puede participar en la capacitación a tiempo por razones especiales, su unidad solicitará al departamento de administración de personal del gobierno popular provincial o municipal una extensión de la capacitación, con una extensión máxima de seis meses. Artículo 10 La formación profesional especializada es la formación de conocimientos y habilidades profesionales especializados para funcionarios públicos nacionales en función de diferentes cargos y negocios.
Después de la formación empresarial especializada, se deben alcanzar los siguientes objetivos de formación:
Mejorar el nivel de profesionalismo;
(2) Dominar las especialidades relevantes requeridas en el campo de trabajo empresarial Conocimientos y habilidades;
(3) Mantenerse al tanto del estado actual del trabajo empresarial y comprender sus tendencias de desarrollo. Artículo 11 El tiempo y el método de la formación empresarial profesional serán determinados por el departamento de trabajo del Gobierno Popular Provincial en función de las necesidades laborales, y se informarán al departamento de administración de personal del Gobierno Popular Provincial para su registro. Artículo 12 La capacitación para la actualización de conocimientos es aquella que tiene como objetivo añadir nuevos, complementar y ampliar los conocimientos pertinentes de los funcionarios públicos nacionales.
Después de la capacitación en conocimientos actualizados, se deben lograr los siguientes objetivos de capacitación:
(1) Dominar nuevos conocimientos, nuevas teorías, nueva información y nuevas habilidades de manera oportuna;
( 2) Adaptarse a las necesidades del desarrollo económico y social y de la reforma administrativa gubernamental. Artículo 13: La formación de actualización de conocimientos es un ciclo cada tres años, y el tiempo de formación dentro del ciclo no es inferior a 21 días (126 horas lectivas). La formación puede ser centralizada o descentralizada. En promedio, no menos de un tercio de las personas de cada unidad y departamento participan cada año en capacitaciones de actualización de conocimientos. Artículo 14 Los funcionarios nacionales que hayan aprobado la capacitación recibirán un "Certificado de capacitación de funcionarios públicos nacionales provinciales de Fujian" del departamento de administración de personal del gobierno popular provincial, y sus calificaciones y desempeño durante el período de estudio se registrarán en sus archivos por sus unidades. . Artículo 15 Durante el período de formación reglamentaria, el salario y diversas prestaciones sociales de los funcionarios nacionales se mantendrán sin cambios. Artículo 16 La formación de los funcionarios públicos nacionales se organiza e implementa por categorías.
El departamento de administración de personal del gobierno popular a nivel distrital o superior formulará planes de capacitación para la capacitación inicial, la capacitación en el trabajo y la capacitación para la actualización de conocimientos y organizará su implementación.
Los departamentos de trabajo de los gobiernos populares en todos los niveles son responsables de formular sus propios planes de formación profesional y planes anuales, y de organizar su implementación.
Artículo 17 Los cursos de formación de funcionarios públicos nacionales incluirán cursos obligatorios públicos, cursos obligatorios profesionales y cursos optativos. Los diferentes tipos de formación deberían centrarse en el plan de estudios. Artículo 18 Los cursos públicos obligatorios incluirán teoría política, conocimientos jurídicos, conocimientos científicos y tecnológicos modernos, conocimientos sobre economía de mercado, gestión moderna, conocimientos sobre administración pública y el código de conducta de los funcionarios públicos nacionales.
Los cursos profesionales obligatorios deben incluir el conocimiento profesional y el contenido técnico necesarios para el trabajo empresarial relevante.
Los cursos optativos deben incluir nuevos conocimientos y habilidades. Artículo 19 La formación de los funcionarios nacionales utilizará materiales didácticos designados.
* * *Los libros de texto obligatorios y los libros de texto optativos son designados u organizados para ser compilados por el departamento de administración de personal del gobierno popular provincial; los cursos profesionales requeridos son compilados por los departamentos pertinentes del Consejo de Estado o compilados por el departamento de administración de personal del gobierno popular provincial y del pueblo provincial Libros de texto y programas de estudios designados por los departamentos gubernamentales pertinentes.