Base jurídica: "Disposiciones provisionales sobre la revisión política de la inscripción en las facultades de seguridad pública" Artículo 2 La revisión política de las admisiones a las facultades de seguridad pública será organizada por el departamento de trabajo político de la agencia provincial de seguridad pública. y será realizado por los órganos de seguridad pública de la ciudad, condado (distrito) donde los candidatos tengan su residencia registrada.
Artículo 3 El contenido de la revisión política incluye el desempeño político e ideológico del propio candidato, sus familiares y principales relaciones sociales, el cumplimiento de las leyes y reglamentos y la moral pública.