Subjetividad jurídica:
La notificación por correo es uno de los métodos de notificación de documentos legales claramente estipulados en la Ley de Enjuiciamiento Civil y tiene efectos legales. Debido a que la dirección de entrega proporcionada o confirmada por el destinatario es inexacta, se niega a proporcionar una dirección de entrega o no notifica de inmediato al tribunal popular los cambios en la dirección de entrega, el propio destinatario o el destinatario designado por el destinatario se niega a firmar para la entrega. , resultando en que el documento del litigio no sea efectivamente recibido por el destinatario, la fecha en que se devuelva el documento se considerará como la fecha de notificación. Si el destinatario puede probar que no cometió falta alguna en la notificación de los documentos del litigio, no se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior. Objetividad jurídica:
Según el artículo 88 de la Ley de Procedimiento Civil, si resulta difícil notificar directamente los documentos del litigio, puede confiar a otro tribunal la entrega en su nombre o por correo. Si se entrega por correo, la fecha de recepción indicada en el acuse de recibo será la fecha de entrega.