Felicitaciones por enviar a su hijo a estudiar en el extranjero.

Las bendiciones de enviar a su hijo a estudiar en el extranjero son:

Ir al extranjero significa comenzar un nuevo viaje en la vida. En el camino, inevitablemente habrá espinas, tormentas y truenos. ¡Creo que progresará incesantemente hacia el éxito a un ritmo sólido!

2. Cogí un diente de león maduro del suelo emocional. Sopla suavemente contra las suaves flores de terciopelo y el angelito blanco volará lentamente. Que vuele hacia tu corazón.

3. Estás dispuesto a ser una vela en el vasto mundo; espero que traigas una red de cosecha para capturar la nueva y colorida vida.

4. Me gusta tener dos ojos y hacer más amigos; odio no tener diez años de ocio y leer libros maravillosos.

5. ¡Lucha, amigo! ¡En la dura lucha de la vida, convierte el sufrimiento en alegría y usa el dolor para la felicidad!

6. Que mis pensamientos, como las nubes blancas en el cielo, te sigan hasta los confines del mundo y permanezcan frente a ti para siempre.

7. Los hermosos recuerdos traen profundas bendiciones y los pensamientos cálidos traen oraciones silenciosas. ¡Cuídate y vuelve como quieras!

8. El mar del aprendizaje no tiene límites y hay que navegar muy lejos.

9. Desde que cruzaste el océano, siempre me gusta mirar el cielo nocturno, porque las estrellas más brillantes del cielo pueden reflejar tu rostro.

10. Aprender es como navegar contra la corriente. Si no avanzas, retrocederás.

e realicen trabajos técnicos deberán recibir la formación profesional correspondiente antes de acceder a sus puestos. Artículo 4 Estas Medidas se aplicarán a la gestión de contratación y formación profesional de trabajadores calificados dentro de la región administrativa de esta ciudad. Artículo 5 El departamento administrativo de trabajo y seguridad social municipal es responsable de la gestión de la formación profesional para oficios técnicos en esta ciudad. Los departamentos administrativos de trabajo y seguridad social del condado (ciudad) y del distrito son responsables de la gestión de la formación profesional para oficios técnicos en sus respectivas jurisdicciones de conformidad con lo dispuesto en las presentes medidas. Los departamentos pertinentes, como los de educación, personal, administración industrial y comercial, economía y comercio, supervisión técnica y de calidad, supervisión y gestión de seguridad de la producción, asuntos civiles, finanzas y precios, deben coordinar y gestionar la formación técnica profesional dentro del ámbito de sus respectivas responsabilidades. Capítulo 2 Formación profesional Artículo 6 La formación profesional para puestos técnicos incluye la formación previa al empleo, la formación para la transferencia de empleo, la formación de aprendizaje, la formación en el puesto de trabajo, la formación para la transferencia de empleo, la formación para la promoción y otra formación profesional. La formación de promoción se puede dividir en formación primaria, intermedia y avanzada, formación de técnicos y formación de técnicos superiores. Artículo 7 La formación técnica profesional será impartida por instituciones de formación profesional, escuelas técnicas y escuelas profesionales creadas de conformidad con la ley. Los empleadores también pueden organizar formación profesional para sus empleados en ocupaciones técnicas, o confiar la realización de formación profesional a instituciones de formación profesional, escuelas técnicas y escuelas profesionales. Artículo 8 Las instituciones educativas organizadas por las fuerzas sociales para implementar capacitación vocacional calificada, capacitación de nivel técnico y capacitación laboral serán aprobadas por el departamento administrativo de trabajo y seguridad social, y se enviará una copia al departamento administrativo de educación del mismo nivel para presentación. Artículo 9 Los empleadores establecerán un sistema de capacitación vocacional para los empleados, llevarán a cabo capacitación vocacional en trabajos técnicos de manera planificada para los empleados y el personal recién contratado, y crearán condiciones para alentar a los empleados que desempeñan trabajos técnicos a participar en la capacitación para la transferencia y promoción del trabajo. Los costes de formación los paga el empleador con cargo a los fondos de formación de los empleados. Artículo 10 Si un empleador acepta personal incluido en la política nacional para realizar trabajos técnicos, primero debe organizar la capacitación y cumplir con los requisitos de habilidades del tipo de trabajo correspondiente antes de aceptar el trabajo. Los graduados de escuelas secundarias técnicas y universitarias que estén dispuestos a desempeñar trabajos técnicos que no sean consistentes con sus especialidades deben recibir primero capacitación para cumplir con los requisitos de habilidades de los trabajos correspondientes. Artículo 11 Cuando un empleador contrate aprendices para realizar trabajos técnicos, llevará a cabo la formación de aprendizaje de conformidad con las disposiciones del "Gobierno Popular Chino y el Catálogo Nacional de Clasificación Ocupacional". Artículo 12 Cuando un empleador contrate trabajadores técnicos que no tengan condiciones de capacitación en esta ciudad por necesidades especiales, podrá contratarlos primero y luego capacitarlos, sin embargo, deberá informar a las autoridades laborales municipales, distritales y distritales; departamentos administrativos de la seguridad social para su registro. Artículo 13 La formación profesional para oficios técnicos se llevará a cabo de acuerdo con las normas ocupacionales nacionales, utilizando materiales didácticos, planes y programas de enseñanza unificados a nivel nacional, e implementando la enseñanza teórica y la capacitación en operación de habilidades. Capítulo 3 Evaluación y Certificación de Habilidades Profesionales Artículo 14 La evaluación de habilidades vocacionales será realizada por una institución de evaluación de habilidades vocacionales aprobada por el departamento administrativo de trabajo y seguridad social quienes aprueben la evaluación recibirán los certificados de calificación profesional correspondientes por parte de la administración de trabajo y seguridad social; departamento. Artículo 15 Los trabajadores técnicos que soliciten la evaluación de competencias profesionales deberán realizar una formación profesional para el tipo de trabajo técnico correspondiente. En la evaluación de competencias vocacionales pueden participar directamente los egresados ​​de colegios y secundarias técnicas que se desempeñen en puestos técnicos correspondientes o similares a su carrera, o el personal que lleve mucho tiempo trabajando en puestos técnicos correspondientes. Artículo 16 Los graduados de escuelas técnicas, escuelas vocacionales (técnicas), centros de formación laboral y diversas instituciones de formación vocacional y técnica deberán obtener los certificados de calificación profesional correspondientes cuando busquen empleo en puestos técnicos. Si los trabajadores técnicos capacitados por el empleador cumplen con los requisitos de habilidades de los trabajadores técnicos correspondientes, pueden solicitar una evaluación de habilidades vocacionales. Artículo 17 La evaluación de habilidades vocacionales se divide en examen de conocimientos teóricos y examen de operación de habilidades. La evaluación de habilidades vocacionales utiliza preguntas de prueba unificadas a nivel nacional. Artículo 18 Las cualificaciones profesionales nacionales se dividen en competencias primarias, competencias intermedias, competencias avanzadas, técnicos y técnicos superiores. El "Certificado de Cualificación Profesional" lo expide el departamento nacional de trabajo y seguridad social, a menos que el Estado especifique lo contrario.
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