1. El cabecilla de un grupo que secuestra y trata de mujeres y niños. 2. El que secuestra y; Trafica con tres o más mujeres y niños;
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3. Violar a una mujer traficada;
4. Engañar u obligar a una mujer traficada a prostituirse o vender a una mujer traficada. otros por prostitución forzada;
5. Secuestro de mujeres y niños mediante violencia, coerción, anestesia, etc. con el fin de venderlos
6. Robo de bebés y niños pequeños para su venta; el propósito de vender;
7. Causar que las mujeres, niños u otros familiares víctimas de trata sufran lesiones graves, mueran o tengan otras consecuencias graves;
8.
Base jurídica
Artículo 240 de la Ley Penal
Quien secuestre o trafique con mujeres o niños será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años. pero no mayor de diez años, y también será multado en las siguientes circunstancias: El que cometa uno de estos delitos será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua, y también será multado; sus bienes serán confiscados si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a muerte y también se le confiscarán sus bienes:
(1) Grupos que secuestran y trafican con mujeres y niños. Cabecilla;
(2) Secuestro y trata de tres o más mujeres y niños;
(3) Violación de una mujer víctima de trata;
(4) Seducción, obligar a mujeres víctimas de trata a prostituirse o vender mujeres traficadas a otros para prostitución forzada;
(5) Secuestro de mujeres y niños con violencia, coerción o anestesia con el propósito de vender;
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(6) Robar bebés y niños pequeños con el fin de venderlos;
(7) Causar lesiones graves, muerte u otras consecuencias graves a mujeres, niños o sus familiares objeto de trata;
(8) Trata de mujeres y niños en el extranjero.