Base jurídica: Artículo 9 de las “Medidas de Revisión Política para el Reclutamiento de Policías Populares por los Órganos de Seguridad Pública”. Si un familiar del sujeto de la investigación presenta alguna de las siguientes circunstancias, no será determinado como candidato a empleo:
(1) Homicidio intencional, lesión o muerte intencional, violación, robo, tráfico de drogas, incendio provocado, explosión, lanzamiento de sustancias peligrosas y otros delitos graves que tengan un impacto social negativo, o corrupción y soborno en grandes cantidades y circunstancias graves, y están sujetos a sanciones penales;
(2) Actos que pongan en peligro la seguridad, el honor y los intereses nacionales;
(3) Organizar, participar y apoyar el terrorismo violento, el separatismo étnico, el extremismo religioso, las sectas, las organizaciones del hampa o participar en actividades relacionadas;
(4) El empleo del sujeto de inspección puede afectar el justo desempeño de sus funciones de conformidad con la ley Otras circunstancias.