2. Las disposiciones pertinentes de las “Medidas para la Gestión de Exenciones de Exámenes de Licenciados Excelentes Recomendados de Universidades Generales a nivel Nacional para cursar estudios de Maestría (Prueba)” son:
Artículo 10: Instituciones de educación superior que realizan trabajos de recomendación Deben cumplirse las siguientes condiciones:
(1) Excelente calidad docente.
(2) Tener derecho a conferir un título de doctorado aprobado por el Comité de Grados Académicos del Consejo de Estado, o tener derecho a conferir un título de maestría aprobado por el Comité de Grados Académicos del Consejo de Estado, y Reclutar de forma independiente estudiantes de maestría con 15 años (6 años en facultades de deportes y arte) o más de posgrado.
(3) El trabajo de inscripción se encuentra en buen estado.
(4) Código de conducta en el funcionamiento de los centros educativos.
Artículo 11 Si una institución de educación superior considera que la escuela cumple con las condiciones estipuladas en el artículo 10, puede solicitar al departamento provincial de admisión de graduados donde está ubicada la escuela el trabajo de los estudiantes exentos. Después de la verificación y selección por parte de las autoridades provinciales, la selección se informará al Ministerio de Educación, que organizará un comité de expertos para recomendar la exención de los estudiantes y anunciarlo al público. Si no hay objeciones después del anuncio, el Ministerio de Educación notificará y publicará la lista de colegios y universidades que realizan el trabajo de recomendación.