El alcance del negocio incluye:
1. Coordinar la expansión nacional específica (entrenamiento experiencial) y las actividades de campamento de acuerdo con las directrices, políticas, regulaciones y organizaciones deportivas nacionales pertinentes;
2. Promover el desarrollo orientado (entrenamiento experiencial) y el conocimiento del campamento, popularizar el desarrollo orientado (entrenamiento experiencial) y las actividades de campamento, y mejorar continuamente el nivel de los deportes relacionados en nuestro país;
3. Reglamento “Derecho del Deporte”, elaborando diversos niveles técnicos relacionados con el desarrollo de la orientación (entrenamiento experiencial) y la acampada.
Las reglas de cuasi competencia deben ser presentadas a la Administración General de Deportes del Estado para su aprobación antes de su implementación.
4. Coordinar y organizar el entrenamiento, valoración, competencia y evaluación de las sociedades nacionales de orientación (experienciales); formación) y organizaciones de acampada y otras actividades para fortalecer las conexiones y los intercambios entre las sociedades nacionales de orientación (formación experiencial) y las organizaciones de acampada, y mejorar la unidad y la amistad entre las sociedades nacionales de orientación (formación experiencial) y los entusiastas de la acampada;
5. De acuerdo con las regulaciones pertinentes de la Administración General de Deportes del Estado, se incluye participar y postularse para conferencias, competiciones y otras actividades de desarrollo de orientación internacional (entrenamiento experiencial) y campamentos, y cooperar con círculos de desarrollo de orientación internacional (entrenamiento experiencial) y organizaciones de campamentos como tal. así como círculos de desarrollo de orientación nacionales y regionales (formación experiencial) Mantener contactos comerciales y actividades de intercambio con organizaciones de camping; coordinar el desarrollo específico (formación experiencial) y las actividades de camping de las organizaciones locales;
6. la Administración General de Deportes del Estado.