Las escuelas que imparten educación no obligatoria deben tomar la iniciativa de obtener el "Certificado" de las autoridades fiscales locales y completar el "Certificado" en estricta conformidad con las regulaciones. No se les permite completar el. "Certificado" repetida o falsamente. Se debe verificar el "Certificado" completado. Establecer un sistema de archivo.
Cuando los depositantes expidan un "certificado" a su escuela, deberán ingresar su número de cédula de residente. "certificado" si no cuentan con número de cédula de residente, deberán presentar su libro de registro de domicilio (certificado de registro de domicilio) Una copia por triplicado, cada uno adjunto al "certificado" de tres partes
2. Los ahorros educativos se refieren a personas que abren una cuenta en un banco designado y depositan una cierta cantidad de fondos para fines educativos de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Al abrir una cuenta, los estudiantes pueden pagar la educación no obligatoria. El depositante debe ir al banco para abrir una cuenta de depósito a su propio nombre. Al vencimiento, los depositantes deben retirar el capital y los intereses de una sola vez con la libreta y los certificados correspondientes.