¿Cómo castiga la Oficina de Educación a los profesores que hacen trampa?

Subjetividad legal:

Los profesores que simplemente hacen trampa generalmente no serán tratados legalmente, porque hacer trampa no es un acto ilegal o criminal. Como mucho, los profesores sólo recibirán una condena moral y serán transferidos de su puesto original en el trabajo. . Si el comportamiento de trampa del profesor es la convivencia con un tercero en nombre de marido y mujer, o un matrimonio registrado con un tercero, entonces las autoridades judiciales pueden perseguir su responsabilidad penal de conformidad con la ley, porque su comportamiento constituye un delito de bigamia. .

Objetividad jurídica:

El artículo 1042 del Código Civil prohíbe los matrimonios concertados, los matrimonios comprados y otros actos que interfieran con la libertad del matrimonio. Está prohibido pedir bienes a través del matrimonio. La bigamia está prohibida. Se prohíbe a los cónyuges convivir con otras personas. La violencia doméstica está prohibida. Están prohibidos el abuso y el abandono entre familiares. Artículo 258 de la Ley Penal: Quien tenga cónyuge y sea bígamo, o se case con otra persona sabiendo que tiene cónyuge, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de dos años o prisión penal.