El consignatario no figura en el conocimiento de embarque de instrucciones y puede ser transferido con endoso, lo que favorece el flujo de fondos y se utiliza comúnmente en el comercio internacional. Hay dos tipos de endoso de conocimiento de embarque (ENDOSMENT): endoso en blanco y endoso con nombre. En un endoso en blanco, el endosante (es decir, el cedente del conocimiento de embarque) firma el nombre de la unidad del endosante y la firma de la persona a cargo en el reverso del conocimiento de embarque, pero no indica el nombre del endosatario, y no necesita obtener la aprobación del emisor original del conocimiento de embarque. Instruir que un conocimiento de embarque puede transferirse una vez endosado significa que el endosante confirma la transferencia de propiedad del conocimiento de embarque. Además de la firma del endosante como un endoso en blanco, un endoso registrado también debe indicar el nombre del endosatario. Si el endosatario vuelve a transferir, deberá endosar nuevamente. Si el conocimiento de embarque se basa en las instrucciones del expedidor, las instrucciones del destinatario o las instrucciones del banco del importador, debe ser visado por el expedidor, el destinatario o el banco del importador, respectivamente, antes de que pueda ser transferido o recogido.
El artículo 79 de la “Ley Marítima” estipula: “La transferencia del conocimiento de embarque se realizará conforme a las siguientes disposiciones:
1. Conocimiento de embarque denominado: no se transferirá
2. Conocimiento de embarque con instrucciones: transferible mediante endoso registrado o endoso en blanco
3. Conocimiento de embarque al portador: transferible sin endoso
>Para el conocimiento de embarque con instrucciones, complete:
Instruir ORDEN o PARA ORDENAR según las instrucciones;
Si se requiere que el ordenante figure en el conocimiento de embarque, puede ser realizado de acuerdo con diferentes requisitos
A PEDIDO DEL REMITENTE basado en instrucciones del remitente;
A PEDIDO DEL DESTINATARIO basado en las instrucciones del destinatario
A PEDIDO DEL; XX BANCO con base en las instrucciones del banco.
El efecto interno del endoso del conocimiento de embarque: de acuerdo con lo establecido en la Ley Marítima, el conocimiento de embarque de instrucción debe ser endosado. y entregado para su transferencia Por lo tanto, en lo que respecta al conocimiento de embarque instructivo, la persona que tiene derecho a recibir la mercancía y presentar una reclamación por daños a la carga contra el transportista con base en el conocimiento de embarque debe ser quien. ha obtenido y retenido legalmente el conocimiento de embarque mediante endosos continuos. El efecto externo del conocimiento de embarque instrucción endosado y entregado: El conocimiento de embarque instrucción está legalmente endosado y entregado y tiene efectos legales sobre el porteador. y sólo puede cumplir las obligaciones contractuales en virtud del conocimiento de embarque con el cesionario y asumir la responsabilidad por el incumplimiento.