Interpretación del artículo 32 de la Nueva Ley Sancionadora Administrativa

Con el fin de normalizar el establecimiento e implementación de sanciones administrativas, asegurar y supervisar la efectiva implementación de la gestión administrativa por parte de los órganos administrativos, salvaguardar los intereses públicos y el orden social, y proteger los derechos e intereses de los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones, la Sanción Administrativa Se formula la ley.

¡Veamos lo que estipula el artículo 42 de la Ley de Sanción Administrativa!

Artículo 42 Procedimientos de audiencia Antes de que la agencia administrativa tome decisiones sobre sanciones administrativas tales como ordenar la suspensión de operaciones de producción y negocios, revocación de permisos y licencias y multas cuantiosas, las partes deberán informar a las partes de su derecho a solicitar una audiencia; si las partes solicitan una audiencia, las agencias administrativas deben organizar audiencias. Las partes no correrán con los costos de la audiencia organizada por el organismo administrativo. La audiencia se organizará de acuerdo con los siguientes procedimientos:

(1) Si el interesado solicita una audiencia, ésta deberá presentarse dentro de los tres días siguientes a la notificación del órgano administrativo;

(2) La agencia administrativa deberá celebrar la audiencia con siete días de anticipación, notificar a las partes la hora y lugar de la audiencia;

(3) A menos que se trate de secretos de estado, secretos comerciales o secretos personales. privacidad, la audiencia se llevará a cabo en público;

(4) Audiencia La audiencia será presidida por alguien que no sea el investigador del caso designado por la agencia administrativa si las partes creen que el funcionario que preside tiene una autoridad; interés directo en el caso, tienen derecho a solicitar la recusación;

(5) Las partes podrán asistir a la audiencia personalmente o por apoderado. Una o dos personas actuarán como apoderados;

(6) Durante la audiencia, los investigadores presentan los hechos, pruebas y sugerencias de sanciones administrativas de las partes; las partes hacen defensas y contrainterrogatorios;

(7) Se realizará una transcripción de la audiencia; una vez verificada la exactitud de la transcripción, será firmada o sellada por las partes interesadas.

Si los interesados ​​tuvieran objeciones a sanciones administrativas que restrinjan la libertad personal, se ejecutarán de conformidad con las disposiciones pertinentes del Reglamento de Sanciones de la Administración de Seguridad Pública.

Explicación: Este artículo establece el procedimiento de audiencia. El procedimiento de audiencia se refiere al proceso en el que el órgano administrativo escucha las declaraciones y defensas de las partes antes de tomar una decisión sancionadora administrativa, y los participantes en el procedimiento de audiencia se cuestionan, debaten y refutan sobre cuestiones relevantes para conocer los hechos. El procedimiento de audiencia otorga a las partes el derecho a defenderse y proporciona condiciones procesales para que las partes salvaguarden y protejan plenamente sus derechos e intereses. Durante el procedimiento de audiencia, las partes interesadas tienen derecho a expresar plenamente sus opiniones y puntos de vista y a presentar pruebas que les sean favorables, tienen derecho a defenderse y refutar las pruebas que les sean desfavorables y tienen derecho a confrontar; y debate con funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.

1. El anfitrión y los participantes del procedimiento de audiencia. El moderador del procedimiento de audiencia será designado por la agencia administrativa entre personas familiarizadas con el negocio dentro de la agencia. Sin embargo, los investigadores de este caso no pueden actuar como moderadores del procedimiento de audiencia de este caso.

2. Qué sanciones administrativas pueden organizar los procedimientos de audiencia. Este artículo estipula claramente que se pueden organizar procedimientos de audiencia para sanciones administrativas como órdenes de suspensión de la producción y el negocio, revocación de permisos o licencias y multas cuantiosas.

En tercer lugar, los procedimientos de notificación. Según esta ley, antes de que los organismos administrativos impongan sanciones administrativas, como ordenar la suspensión de la producción y los negocios, revocar permisos y licencias o imponer multas relativamente elevadas, deberán informar a las partes de las sanciones administrativas propuestas y de su derecho a solicitar una audiencia. Se trata de un procedimiento de notificación que deben realizar los organismos administrativos, de no cumplirlos no se establecerán sanciones administrativas como ordenar la suspensión de la producción y el negocio, revocar licencias o licencias y multas mayores.

4. El procedimiento de audiencia se celebra a petición de los interesados. Si la parte interesada sabe que estará sujeta a sanciones administrativas como una orden de suspensión de la producción o del negocio, revocación de la licencia o licencia, o una multa relativamente grande y si hay un desacuerdo importante con la agencia administrativa sobre el asunto; determinación de hechos ilícitos, tiene derecho a solicitar una audiencia. El procedimiento de audiencia se lleva a cabo a solicitud de las partes, y las partes no correrán con los gastos correspondientes en que incurran los órganos administrativos en la organización de las audiencias.

5. Respecto del procedimiento de audiencia, este artículo también establece las siguientes disposiciones específicas:

1. El plazo para la audiencia solicitada por las partes.

2. Siete días antes de la audiencia, la agencia administrativa notificará a las partes la hora y lugar de la misma.

3. En circunstancias normales, los procedimientos de audiencia deben realizarse en público.

4. La audiencia será presidida por personas distintas a los investigadores del caso designados por la agencia administrativa.

5. Las partes podrán participar en el proceso de audiencia personalmente o encomendar a otros la participación en el proceso de audiencia.

6. Cuando se celebre una audiencia, las partes interesadas tienen derecho a debatir y repreguntar con los investigadores.

7. La agencia administrativa deberá realizar una transcripción de todo el procedimiento de audiencia. Los registros deben ser precisos.

6. Las sanciones administrativas que restrinjan la libertad personal de las partes se ejecutarán de conformidad con las disposiciones pertinentes del "Reglamento sobre Sanciones de la Administración de Seguridad Pública". Según el párrafo 2 del artículo 40 del Reglamento sobre Sanciones de la Administración de Seguridad Pública, si la persona sancionada no está satisfecha con la pena de detención administrativa y solicita una reconsideración administrativa o presenta una demanda administrativa, el organismo administrativo podrá exigir a la persona sancionada o a su familia miembros que proporcionen fiador o depósito. Si el sancionado o sus familiares pueden aportar pruebas conforme a la ley, se suspenderá la pena de prisión del sancionado.

Base jurídica:

El artículo 37 de la “Ley Sancionadora Administrativa” se aplicará a lo dispuesto en las leyes, reglamentos y normas del momento en que se produjo el acto ilícito. Sin embargo, cuando se haya dictado la decisión de sanción administrativa, se hayan modificado o derogado leyes, reglamentos y reglas, y si los nuevos reglamentos son más leves o no se consideran ilegales, se aplicarán los nuevos reglamentos. Artículo 38 Son nulas las sanciones administrativas que no tengan fundamento o que el sujeto no tenga las calificaciones para ser sujeto administrativo. Si la violación de los procedimientos legales constituye una violación grave y manifiesta de la ley, las sanciones administrativas no serán válidas.

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