Según lo dispuesto en la "Ley Penal", quienes promuevan el terrorismo mediante la producción y distribución de libros y audiovisuales, así como mediante discursos y publicaciones de información, serán sancionados con prisión de duración determinada; no mayor de cinco años, prisión penal, control o privación de derechos políticos, y será sancionada si las circunstancias son graves, el bien será enajenado por más de cinco años. El que a sabiendas posea ilegalmente libros, materiales audiovisuales u otros artículos que promuevan el terrorismo, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión o vigilancia penal, y será también o únicamente multado.
1. ¿Cuáles son las sanciones penales por promover el terrorismo?
1. Producir y difundir libros, materiales audiovisuales u otros artículos que promuevan el terrorismo y el extremismo, o difundirlos mediante conferencias. Quien publique información para promover el terrorismo, el extremismo o incitar a actividades terroristas será sancionado con pena privativa de libertad no superior a cinco años, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también será multado si las circunstancias son graves; , será condenado a pena privativa de libertad no menor de cinco años y multa o embargo de bienes.
2. Quien a sabiendas posea libros, materiales audiovisuales u otros artículos que promuevan el terrorismo o el extremismo y los posea ilegalmente, si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años. años, prisión o vigilancia penal, y será reprimido concurrente o únicamente con oro.
En resumen, el acto de difundir audio y vídeo terrorista debe determinar primero si el complot cumple con los estándares criminales. Si no constituye un delito, será detenido durante no menos de diez días pero no más de quince días, y también se le podrá imponer una multa de hasta 10.000 RMB.
Base jurídica
Derecho penal de la República Popular China
Artículo 120ter
Por producción y distribución de libros y materiales audiovisuales u otros artículos, o que promueva el terrorismo, el extremismo o incite a actividades terroristas mediante la impartición de conferencias o la publicación de información, será condenado a pena de prisión de no más de cinco años, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también será multado, si las circunstancias son graves, con pena privativa de libertad no menor de cinco años, y estará sujeto a multas o confiscación de bienes;
Artículo 126-6
Quien, a sabiendas, posea libros, materiales audiovisuales u otros artículos que promuevan el terrorismo o el extremismo y los posea ilegalmente, si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión determinada no mayor de tres años, detención o vigilancia penal, y será también o únicamente multada.