Base legal: Artículo 12 del “Reglamento Transitorio sobre Asignación y Transferencia de Derechos de Uso de Suelo Público Urbano” El número máximo de años para la transferencia de derechos de uso de suelo se determina de acuerdo a los siguientes usos :
(1) Suelo residencial siete Diez años;
(2) Cincuenta años para suelo industrial;
(3) Cincuenta años para educación, ciencia y suelos tecnológicos, culturales, de salud y deportivos;
(4) Cuarenta años para suelos comerciales, turísticos y de entretenimiento; (5) Cincuenta años para suelos de uso integral o de otro tipo;