Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de organizar de manera eficaz y científica el trabajo estadístico educativo, garantizar la exactitud y puntualidad de los diversos datos estadísticos y aprovechar plenamente la importancia del trabajo estadístico en la gestión educativa y la multidisciplinariedad. toma de decisiones a nivel Para promover el desarrollo fluido de la educación, estas regulaciones se formulan de acuerdo con la Ley de Estadísticas de la República Popular China y la Decisión del Consejo de Estado sobre el Fortalecimiento del Trabajo Estadístico. Artículo 2 Las estadísticas educativas son un medio importante para comprender los fenómenos educativos y sus patrones de desarrollo, una base importante para la formulación de políticas educativas y la preparación de planes de desarrollo educativo, y son una obra básica para la implementación de la gestión científica de la educación. Las tareas básicas del trabajo de estadística educativa son realizar encuestas estadísticas, análisis estadísticos, proporcionar información estadística e implementar la supervisión estadística del desarrollo educativo. Artículo 3 Los departamentos de educación y las escuelas de todos los niveles, incluidas las escuelas afiliadas a varios departamentos de los gobiernos central y local, varias escuelas administradas por empresas, instituciones, organizaciones económicas colectivas y otras fuerzas sociales, deben completar el informe educativo de acuerdo con las Estadísticas. La Ley y estas reglamentaciones Los cuestionarios estadísticos proporcionan la información estadística requerida para las encuestas estadísticas educativas. Artículo 4 Los departamentos de educación y las escuelas de todos los niveles establecerán instituciones estadísticas o asignarán cuadros estadísticos de acuerdo con las necesidades de las tareas estadísticas. Al realizar el trabajo estadístico, los departamentos de educación de todos los niveles deben fortalecer la cooperación con las agencias estadísticas de los gobiernos populares del mismo nivel y recibir orientación sobre asuntos estadísticos. Artículo 5 Los departamentos de educación y las escuelas de todos los niveles deben prestar atención y fortalecer la modernización de las estadísticas educativas, crear activamente las condiciones, acelerar la promoción y aplicación de la tecnología informática y de transmisión modernas y mejorar el nivel y la eficiencia del trabajo de las estadísticas educativas. Artículo 6: Las agencias de estadística y los cuadros estadísticos de los departamentos de educación de todos los niveles y las escuelas implementarán un sistema de responsabilidad laboral y completarán las tareas de trabajo estadístico de manera precisa y oportuna. Las facultades de investigación estadística educativa, elaboración de informes estadísticos y supervisión estadística se ejercerán de conformidad con la Ley de Estadística y no serán infringidas. Artículo 7: Los departamentos de educación y los líderes escolares de todos los niveles deben supervisar e inspeccionar periódicamente el trabajo estadístico, capacitar y evaluar a los cuadros estadísticos y elogiar a los avanzados. Los dirigentes o cuadros estadísticos pertinentes que violen la Ley de Estadística deben ser criticados y educados si las circunstancias son graves, deben imponerse sanciones administrativas si se constituye un delito y la responsabilidad penal debe ser investigada por los órganos judiciales de conformidad con la ley; Capítulo 2 Encuesta Estadística de Educación Artículo 8 De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Estadística sobre la realización de encuestas estadísticas departamentales, el proyecto de encuesta estadística de educación nacional y su plan de encuesta serán elaborados y emitidos por la Comisión Nacional de Educación y reportados a la Oficina Nacional de Estadística para su presentación; los objetos de la encuesta exceden al sistema educativo. Se emitirá luego de ser presentada a la Oficina Nacional de Estadísticas para su revisión y aprobación. Los proyectos de encuestas estadísticas de educación local y sus planes de encuesta serán redactados y emitidos por el departamento de educación local y reportados a la agencia de estadísticas del gobierno popular local para su registro; si los objetos de la encuesta exceden el sistema educativo, deben informarse; a la agencia de estadísticas del gobierno popular del mismo nivel para su aprobación. Artículo 9 El plan de encuesta estadística educativa aprobado y emitido de conformidad con la Ley de Estadística y este reglamento deberá indicar el número de tabla, el nombre de la agencia de tabulación, el nombre de la agencia de aprobación o presentación y el número de aprobación en la esquina superior derecha del formulario de encuesta. , y los informes de la unidad y la persona bajo investigación deben completarse de manera precisa, rápida y gratuita. Artículo 10: La Comisión Nacional de Educación formula normas estadísticas educativas unificadas a nivel nacional, incluidos catálogos de clasificación estadística, significados de indicadores, métodos de cálculo, codificación estadística, etc. Los departamentos de educación locales de todos los niveles pueden formular normas estadísticas complementarias.
Los estándares de estadísticas educativas no pueden ser modificados por ninguna unidad o individuo sin el consentimiento de la agencia desarrolladora. Artículo 11: Los departamentos de educación y las escuelas de todos los niveles tienen derecho a negarse a completar informes estadísticos que se emitan en violación de la Ley de Estadística y este reglamento. Artículo 12: Para garantizar que las cifras de las encuestas estadísticas educativas sean precisas y confiables, se debe fortalecer el trabajo estadístico básico. Los departamentos de educación y las escuelas de todos los niveles deben establecer y mejorar sistemas de archivo de datos estadísticos y estandarizar gradualmente el trabajo estadístico básico. Artículo 13: Las encuestas estadísticas educativas deben realizarse utilizando una variedad de métodos y métodos de encuesta. Además de las encuestas integrales de informes estadísticos, debemos adoptar activamente métodos como encuestas típicas, encuestas clave y encuestas por muestreo para comprender y reflejar de manera integral y profunda la situación y los problemas del desarrollo educativo. Capítulo 3 Análisis estadístico de la educación Artículo 14 Los departamentos de educación y las escuelas de todos los niveles deben, sobre la base del dominio de los datos estadísticos básicos, realizar análisis estadísticos sobre la implementación de políticas, planes de desarrollo y diversos trabajos de gestión educativa en sus respectivas regiones, departamentos y unidades. . Implementar supervisión estadística. Al mismo tiempo, es necesario realizar activamente trabajos de previsión estadística. Artículo 15 Los departamentos de educación y las escuelas de todos los niveles deben prestar atención al estudio de la relación entre la construcción económica y el desarrollo educativo, fortalecer las estadísticas y el análisis integral de los beneficios económicos de la educación y llevar a cabo activamente la evaluación de los efectos educativos. Artículo 16 Los cuadros estadísticos de los departamentos de educación y escuelas de todos los niveles deben realizar con frecuencia investigaciones e investigaciones reales en profundidad, aprender a utilizar una variedad de métodos de análisis estadístico, adoptar activamente métodos estadísticos modernos y esforzarse por mejorar el nivel del análisis estadístico.
Capítulo 4 Gestión de datos estadísticos de educación Artículo 17 Los datos estadísticos dentro del alcance de la Encuesta estadística de educación nacional y la Encuesta estadística de educación local serán administrados de manera uniforme por la Comisión Nacional de Educación y las agencias estadísticas de los departamentos de educación locales en todos los niveles, respectivamente. Artículo 18: Los departamentos de educación y las escuelas de todos los niveles deben establecer sistemas para revisar, consultar y revisar datos estadísticos para garantizar que las estadísticas sean precisas. Los datos estadísticos reportados deben ser revisados, firmados o sellados por el responsable de la unidad y cuadros estadísticos. El responsable de la unidad y cuadros estadísticos debe ser responsable de la exactitud de las estadísticas. Artículo 19 El suministro y publicación de datos estadísticos educativos debe estar dentro del ámbito de gestión unificada de datos estadísticos previsto en el artículo 17, aprobado por el organismo estadístico de la unidad o el responsable de las estadísticas, y presentado para su revisión y aprobación de conformidad con el procedimientos establecidos por el estado.