1. El deudor hipotecario acuerda con el acreedor hipotecario
1. El deudor hipotecario y el acreedor hipotecario llegan al siguiente acuerdo:
(a) Previa solicitud (Respeto). de un Préstamo Bancario que prevé el pago a la vista (como se define a continuación)) o en la fecha de vencimiento, el pago y la satisfacción pueden ahora o en cualquier momento posterior (ya sea en o después de dicha demanda o de otro modo) ser pagaderos al Deudor Hipotecario. Todos los dineros , obligaciones y deudas del acreedor hipotecario. en cualquier moneda, ya sea sola o conjuntamente o conjuntamente con cualquier otra persona, y por cualquier motivo, presente o no, ya sea presente, futuro, real o contingente, ya sea como deudor principal, Un garante, garante u otra persona, como sea o en cualquier manera
a) Cuando el préstamo del deudor hipotecario (definido como un préstamo bancario reembolsable en cualquier momento) es exigido por el deudor hipotecario o el préstamo ha vencido, la persona hipotecaria deberá redimir la garantía y liquidar todos los montos, deudas y pasivos vencidos o en mora ahora o en cualquier momento futuro (ya sea a la vista o en el futuro o en cualquier otro momento, el pago se basará en el dinero actual, futuro, real o en una cuenta temporal, ya sea el deudor hipotecario); deudor principal, garante, garante o de otro modo;
y todas las demás obligaciones, ya sean ciertas o contingentes, basadas o no en, basadas en o en conexión con cualquier Documento de Préstamo (como se define a continuación), incluyendo (sin limitación) todo endeudamiento en relación con el pago, aceptación, endoso o descuento de cualquier cheque, pagaré o pagaré o garantía celebrado de vez en cuando por el Hipotecario para o a petición del Deudor Hipotecario, cartas de crédito documentarias u otras cartas de crédito. o cualquier instrumento, junto con todas las comisiones, descuentos y todos los costos, honorarios y gastos bancarios, legales y de otro tipo (sobre una base de indemnización total), junto con los intereses sobre dicho endeudamiento;
La responsabilidad de reembolso del deudor hipotecario también incluye (pero no se limita a) todos los pagos, recibos, endosos o deducciones realizadas por el deudor hipotecario al acreedor hipotecario de vez en cuando, o cualquier garantía, letra de cambio firmada por el deudor hipotecario y el acreedor hipotecario o carta de crédito o cualquier instrumento; ya sean específicos o provisionales y estén o no relacionados con el contenido de los Documentos del Préstamo (como se define a continuación), incluidas las comisiones, descuentos y todos los cargos bancarios, honorarios legales y otros honorarios, cargos y gastos (según la forma de compensación total ), así como los intereses involucrados en los conceptos anteriores.
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