El doble, paga el triple del salario. Base: Artículo 44 de la "Ley del Trabajo" Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador deberá pagar salarios superiores a los salarios de los trabajadores por jornada normal de trabajo de acuerdo con las siguientes normas:
(1) Disponer trabajadores Si se extienden las horas de trabajo, se les pagará un salario no menor al 150% del salario;
(2) Si se organiza que los trabajadores trabajen en días de descanso pero no pueden organizar tiempo libre compensatorio, se un salario no inferior al 150 % del salario se pagará el 200 % de la remuneración salarial;
(3) Si los trabajadores están dispuestos a trabajar en días feriados legales, una remuneración salarial no inferior al 300 % del se pagará el salario.
Pertenece a lo dispuesto en el punto (3)