Base jurídica: “Ley de Promoción de la Educación Privada de la República Popular China”.
Artículo 10 Los grupos sociales que dirigen centros educativos privados tienen personalidad jurídica. Las personas que dirigen escuelas privadas deben tener derechos políticos y plena capacidad de conducta civil. Las escuelas privadas deben tener estatus de persona jurídica.
Artículo 12 Las escuelas privadas que brindan educación académica, educación preescolar, exámenes de autoestudio y otra educación cultural estarán sujetas a la aprobación del departamento administrativo de educación del gobierno popular a nivel del condado o superior de conformidad con la autoridad prescrita por el estado.