(1) Formular políticas y reglas de trabajo para la inscripción de varios colegios y universidades para adultos. universidades;
(2) De acuerdo con el plan de carrera determinado, revisar, coordinar y asignar planes de inscripción de educación superior para adultos y "clases vocacionales y de pregrado" a instituciones afiliadas a los ministerios y comisiones pertinentes del Consejo de Estado, instituciones directamente dependientes de la Comisión Estatal de Educación e instituciones locales (en provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central) "Plan de inscripción;
(3) Organizar exámenes de admisión unificados para todo tipo de universidades para adultos y universidades de todo el país;
(4) Orientar e inspeccionar el examen de admisión nacional unificado para todo tipo de colegios y universidades para adultos en todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente bajo la implementación de la inscripción del Gobierno Central;
(5) Organizar o instar a los departamentos pertinentes a investigar y abordar los problemas importantes en el examen de inscripción y proteger los derechos e intereses legítimos de los candidatos y el personal de inscripción;
(6) Organizar Realizar investigaciones científicas sobre los exámenes de admisión, orientar la reforma de los exámenes de admisión, capacitar al personal relevante y realizar labores de publicidad. Artículo 9 Los departamentos de admisiones de los colegios y universidades para adultos en todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central son responsables de:
(1) Implementar las políticas y reglas de trabajo de la Comisión Nacional de Educación sobre las admisiones trabajo de varios colegios y universidades para adultos, y con base en los planes de inscripción emitidos y de acuerdo con la situación real en la región, formular medidas de implementación específicas;
(2) Compilar y publicar un catálogo de especialidades de inscripción, organizar el registro de candidatos en la región y ser responsable de revisar las calificaciones de los candidatos y organizar exámenes, calificaciones, admisiones y exámenes físicos;
(3) Organizar e implementar la reforma piloto de la inscripción en varias universidades para adultos y universidades;
(4) Proteger los derechos e intereses legítimos de los candidatos y del personal de admisiones, e investigar y abordar las violaciones disciplinarias y el fraude;
(5) Aprobar la lista de nuevos estudiantes propuestos por la escuela, y con base en la lista de nuevos estudiantes admitidos a lo largo de los años, proporcionar a la Comisión Nacional de Educación datos relevantes sobre los adultos graduados de educación superior de ese año y ayudar en la organización de la revisión y emisión de certificados de graduación cada año;
(6) Organizar e instar a las escuelas de inscripción a revisar a los estudiantes de primer año admitidos;
(7) Realizar publicidad e investigaciones científicas para el examen de admisión.
Artículo 10 Las agencias de contratación de los ministerios y comisiones pertinentes del Consejo de Estado son responsables de:
(1) Implementar las políticas de admisión y las reglas de trabajo de la Comisión Nacional de Educación para varios colegios y universidades para adultos;
(2) De acuerdo con el plan nacional de inscripción Preparar planes de inscripción para escuelas en todas las provincias, regiones autónomas y municipios con base en los planes de inscripción aprobados por el Comité de Educación;
(3) Designar agencias de envío en las provincias relevantes , regiones autónomas y municipios según sea necesario;
( 4) Proponer sugerencias de reforma de los exámenes de admisión y ayudar en la organización e implementación de los proyectos de reforma de admisiones aprobados por la Comisión Nacional de Educación
(5; ) Organizar y coordinar el trabajo de nueva inscripción de la escuela
(6) Realizar el Estudio del Examen de Admisión; Artículo 11 Todos los tipos de colegios y universidades para adultos son responsables del trabajo de admisiones:
(1) Los departamentos de admisiones de los colegios y universidades para adultos y las autoridades escolares en las provincias, regiones autónomas y municipios donde se encuentran las escuelas. ubicado deberá implementar las políticas y reglas de trabajo de la Comisión Nacional de Educación sobre el trabajo de admisiones y regulaciones complementarias;
(2) Implementar el plan de inscripción y presentar la lista de nuevos estudiantes al departamento de admisiones a la universidad para adultos de la. provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central, y emitir avisos de admisión a los candidatos después de su revisión y aprobación;
(3) Revisar a los estudiantes de primer año admitidos;
(4) Otras tareas que debe realizar la escuela de contratación. Capítulo 3 Plan de matrícula y plan de origen de estudiantes Artículo 12 El plan de matrícula de educación superior para adultos implementa un sistema de gestión de macroorientación nacional, control de volumen total, gestión a nivel ministerial central y provincial y responsabilidad jerárquica. Cada región y cada departamento formulará planes de inscripción basados en las necesidades de talento, las condiciones de funcionamiento de las escuelas y los principios para garantizar la calidad de la inscripción, y los presentará a la Comisión Nacional de Educación, que será responsable de revisar y determinar todo tipo de planes de inscripción en educación superior para adultos. para cada región y cada departamento.
Los departamentos de gestión de planes educativos de diversas localidades y departamentos son responsables de preparar e informar los planes de matrícula de sus respectivas escuelas.
Las escuelas que cumplan con lo dispuesto en el artículo 2 deberán, de acuerdo con el espíritu y los requisitos de la Comisión Nacional de Educación sobre la preparación de planes comerciales anuales de educación superior para adultos, presentar planes de matrícula y planes de estudiantes a todas las provincias. , regiones autónomas, municipios, El Departamento de Planificación de Educación (Educación Superior) de la ciudad con planificación estatal separada o el Departamento de Educación (Oficina) de los ministerios y comisiones pertinentes del Consejo de Estado. La matrícula de la formación docente de televisión en las escuelas normales está incluida en el plan de matrícula de las universidades locales de radio y televisión.