En nuestro día a día, poco a poco nos damos cuenta de la importancia de los acuerdos. Firmar un acuerdo es una garantía para la resolución de conflictos. Entonces, ¿es realmente difícil redactar un acuerdo? El siguiente es un acuerdo de empleo tripartito para graduados universitarios que compilé. ¿Tengo que firmar? Bienvenido a leer. Espero que te guste.
¿Es necesario firmar un convenio laboral tripartito para titulados universitarios?
Número
En primer lugar, el acuerdo tripartito no es obligatorio y los estudiantes pueden optar por no firmarlo. El convenio tripartito tiene vigencia hasta que el estudiante firme un contrato laboral formal, y quedará automáticamente terminado luego de que el estudiante se incorpore al trabajo y firme el contrato laboral.
En segundo lugar, su función es aclarar la expresión escrita de los derechos y obligaciones de los graduados, los empleadores y las escuelas en el empleo de los graduados, y resolver una serie de cuestiones relacionadas, como el registro de hogares, los archivos y los seguros. y fondos de previsión.
Cuestiones a las que debes prestar atención antes de firmar un acuerdo laboral tripartito
Cuando los graduados universitarios firman un acuerdo laboral tripartito, deben verificar si el nombre del empleador a completar es consistente con el nombre del sello vigente de la unidad. Si no son consistentes, el acuerdo no es válido. Cuando los graduados ingresan su nombre principal, se recomienda que sea coherente con el nombre principal de la Oficina de Asuntos Académicos de la escuela y no se permiten abreviaturas. Para las unidades o empresas que adoptan un período de prueba, la duración del período de prueba se determina de acuerdo con la duración del contrato firmado. la "Ley Laboral" de mi país estipula que para los contratos laborales con una duración superior a un año y menos de tres años, el período de prueba no excederá de dos meses para los contratos laborales con una duración determinada de más de tres años o sin duración determinada; plazo, el período de prueba no podrá exceder de seis meses; para un mismo empleador, un mismo empleado sólo puede acordar un período de prueba, no se permite un período de prueba en un contrato de trabajo que se limite a cumplir determinadas tareas laborales o tenga una duración inferior; de tres meses.
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