¿El banco firma contratos después de la capacitación?

El banco firma el contrato sólo después de la formación.

1. ¿El banco firmará un contrato después de la capacitación introductoria?

Generalmente, la formación introductoria bancaria es un período de prueba. Quienes no superen la formación no podrán firmar contrato.

El periodo de prueba es la firma de un contrato. Para establecer una relación laboral se debe firmar un contrato laboral. Si se ha establecido una relación laboral pero no se ha firmado un contrato laboral al mismo tiempo, se debe firmar un contrato laboral escrito dentro del mes siguiente a la fecha de empleo.

El artículo 10 de la “Ley de Contrato de Trabajo” estipula que para establecer una relación laboral se debe firmar un contrato de trabajo por escrito.

Si se establece una relación laboral sin firmar al mismo tiempo un contrato laboral escrito, se deberá firmar un contrato laboral escrito dentro del mes siguiente a la fecha de contratación.

Si el empleador y el empleado firman un contrato de trabajo antes del empleo, la relación laboral se establecerá a partir de la fecha del empleo.

El artículo 19 de la "Ley de Contrato de Trabajo" establece que si la duración del contrato de trabajo es superior a tres meses pero inferior a un año, el período de prueba no podrá exceder de un mes si la duración del contrato de trabajo es superior; de un año pero menos de tres años, el período de prueba no excederá de un mes; el período de prueba no excederá de dos meses; el período de prueba para contratos laborales de duración determinada y no determinada no excederá de tres años; seis meses.

2. ¿Cuánto dura el período de prueba del banco?

Si el contrato de trabajo expira dentro de los tres meses pero es inferior a un año, el período de prueba no podrá exceder de un mes. Si la duración del contrato es de un año pero inferior a tres años, el período de prueba no excederá de dos meses; el período de prueba para los contratos de trabajo de duración determinada y no determinada de más de tres años no podrá exceder de seis meses; Un mismo empleador y un mismo empleado sólo pueden acordar un período de prueba. Si el contrato de trabajo o la duración del contrato de trabajo es inferior a tres meses, no se acordará período de prueba.

El artículo 19 de la "Ley de Contrato de Trabajo" estipula que si el contrato de trabajo vence dentro de los tres meses pero es inferior a un año, el período de prueba no excederá de un mes. Si la duración del contrato es de un año pero inferior a tres años, el período de prueba no excederá de dos meses; el período de prueba para los contratos de trabajo de duración determinada y no determinada de más de tres años no podrá exceder de seis meses; Un mismo empleador y un mismo empleado sólo pueden acordar un período de prueba. Si el contrato de trabajo es inferior a tres meses y se limita a la realización de determinadas tareas laborales, no se acordará período de prueba.

Las anteriores son todas las respuestas a la pregunta: ¿El banco firma un contrato después de la formación?