Violación de derechos nacionales; regulaciones, invadiendo los sistemas de información de la computadora y causando daño;
(2) En violación de las regulaciones nacionales, eliminar, modificar, agregar o interferir con las funciones del sistema de información de la computadora, causando que el sistema de información de la computadora falle para operar normalmente;
(3) En violación de las regulaciones nacionales, infracción de las funciones del sistema de información informática Eliminar, modificar o agregar datos y aplicaciones almacenados, procesados y transmitidos;
(4) Crear y difundir deliberadamente virus informáticos y otros programas destructivos que afecten el funcionamiento normal de los sistemas de información informáticos.
Quien viole las normas nacionales e invada los sistemas de información informática en los ámbitos de los asuntos nacionales, la construcción de la defensa nacional y la ciencia y tecnología de vanguardia será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años o detención penal.
Violar regulaciones estatales, invadir sistemas de información informáticos distintos de los especificados en el párrafo anterior, o utilizar otros medios técnicos para obtener datos almacenados, procesados o transmitidos en sistemas de información informáticos, o controlar ilegalmente sistemas de información informáticos. , si las circunstancias son graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años o prisión preventiva, y también o únicamente a multa si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a pena determinada; prisión no menor de tres años ni mayor de siete años, y también multa.
Proporcionar programas o herramientas específicamente utilizados para invadir o controlar ilegalmente sistemas de información informáticos, o proporcionarles a otros, a sabiendas, programas o herramientas que se utilizan para invadir o controlar ilegalmente sistemas de información informáticos. Si las circunstancias son graves, Se aplicarán las sanciones anteriores.
Violar la normativa nacional eliminando, modificando, añadiendo o interfiriendo con las funciones de los sistemas de información informáticos, provocando que el sistema de información informático deje de funcionar con normalidad, con graves consecuencias, o creando y difundiendo deliberadamente virus informáticos y otros programas destructivos que afecten el sistema informático si las consecuencias son graves, la persona será condenada a pena privativa de libertad de no más de cinco años o detención penal, si las consecuencias son especialmente graves, será condenada a pena privativa de libertad de no más de cinco años; no menos de cinco años.
Quien viole las normas nacionales al suprimir, modificar o agregar datos y aplicaciones almacenados, procesados o transmitidos en un sistema informático de información, causando consecuencias graves, será sancionado de conformidad con las disposiciones anteriores.