En primer lugar, la ciudadanía es un concepto jurídico, y las obligaciones ciudadanas son un concepto jurídico. En segundo lugar, las obligaciones morales pertenecen a la categoría de ética social y no pertenecen a conceptos jurídicos. La constitución de nuestro país estipula los derechos y obligaciones de los ciudadanos, que es un concepto legal. De modo que las obligaciones de los ciudadanos sólo se refieren a obligaciones legales.
Basándose en la opinión pública y la costumbre, el cumplimiento voluntario de las obligaciones por parte de los miembros de la sociedad no es una obligación, sino un código moral. Las obligaciones no se pueden renunciar, los derechos se pueden disfrutar o renunciar. Si un miembro de la sociedad no cumple con sus obligaciones, entonces puede estar violando la ley o violando la ley.
La Constitución de nuestro país recoge los derechos y obligaciones de los ciudadanos. Además de la Constitución, también existen algunas leyes básicas o leyes departamentales que estipulan los derechos y obligaciones de los ciudadanos.