Artículo 37: Después de retirarse del servicio activo, los reclutas y suboficiales subalternos postulan para funcionarios públicos nacionales, colegios y universidades y escuelas secundarias vocacionales, y serán admitidos con prioridad en las mismas condiciones que los demás candidatos. .
Hijos de militares discapacitados, hijos de mártires, hijos de militares que sacrificaron sus vidas en el cumplimiento del deber, hijos de militares discapacitados de primer a cuarto nivel, militares activos en condados (ciudades) en áreas fronterizas , áreas desérticas y áreas remotas designadas por el estado Los hijos de las tropas insulares especiales, de primer y segundo nivel determinadas por el ejército son admitidos en escuelas secundarias ordinarias, escuelas secundarias vocacionales y colegios y universidades en las mismas condiciones que otros candidatos. ; quienes reciben educación académica tienen prioridad para disfrutar de los beneficios nacionales en las mismas condiciones estipuladas. Los hijos de militares en activo tendrán prioridad en la escuela y en la guardería en las mismas condiciones. Las medidas específicas serán formuladas por el Departamento de Asuntos Civiles del Consejo de Estado junto con el Departamento de Educación del Consejo de Estado.