Contrabando de aeronaves:
Los siguientes son ejemplos de artículos prohibidos:
(a) Armas de fuego, incluidas escopetas, pistolas de aire comprimido, máquinas para matar anestesia animal, escopetas, señales Armas de fuego, pistolas de salida, municiones, imitaciones o imitaciones de armas de fuego y ballestas.
(b) Explosivos, incluidos explosivos militares, comerciales o caseros, artefactos explosivos, detonadores, gases lacrimógenos, granadas, minas terrestres y otros artefactos explosivos, imitaciones o imitaciones de explosivos.
O un dispositivo.
(c) Artículos afilados o con cuchillas, navajas automáticas, navajas automáticas de gravedad, dagas, dagas, machetes y otros artículos genuinos que puedan causar daño a otros.
Independientemente de la longitud o el tipo de hoja, los cuchillos para uso con instrumentos incluyen cuchillos envainados, dagas, sables, navajas, escalpelos, picahielos, estoques, estoques y hojas ocultas.
Paraguas, arpón, lanza o flecha.
(d) Artículos que contengan sustancias incapacitantes, incluidos gases lacrimógenos, gases lacrimógenos y diversos ácidos fosfóricos.
(e) Sustancias altamente inflamables (como gasolina, combustible para encendedores, etc.).
Envases de gas y atomizadores con capacidad superior a 500 ml.
(g) Puños de bronce, bates, mazas y mayales para trillar.