Base jurídica: “Código de Diseño Arquitectónico para Archivos” 4.2 Archivos.
4.2.1 Los archivos pueden incluir archivos en papel, archivos de audio y vídeo, bibliotecas de CD, bibliotecas de microfilmes, bibliotecas maestras, archivos especiales, archivos físicos, archivos de libros, otros archivos de soporte especiales, etc. , y deben establecerse o fusionarse según el nivel, la escala y las necesidades reales de los archivos.
4.2.2 Los archivos deben organizarse centralmente para formar un área. A excepción del vestuario, no debe haber otras salas en el área de archivos, y el tráfico entre otras salas no debe pasar por el área de archivos.
4.2.3 La distribución del área de almacenamiento de archivos debe ser sencilla y compacta.
4.2.4 Se establecerá una sala intermedia con una superficie no inferior a 6 metros cuadrados a la entrada del área de almacenamiento de archivos o del almacén de archivos cuando se establezca un corredor cerrado exclusivo; no es necesario crear una sala intermedia.
4.2.5 El piso del área de almacenamiento de archivos debe ser 15 mm más alto que el exterior del área de almacenamiento y se deben instalar zanjas de drenaje cerradas.
4.2.6 Cada sala de archivo debe tener dos entradas y salidas independientes, no siendo apta para estar comunicadas entre sí ni dispuestas en suite.
4.2.7 La altura libre de los archivos no debe ser inferior a 2,60 metros
4.2.8 El equipo de archivo en la sala de archivos debe disponerse en filas perpendiculares a la pared con ventanas. El paso entre los accesorios del archivo debe corresponder a la ventana de iluminación en la pared exterior. Si no hay ventana, debe corresponder a la dirección de apertura del tubo de ventilación.