1. Las quejas sobre instituciones privadas de educación y formación se pueden presentar ante la Oficina de Asuntos Civiles y la Oficina de Educación locales.
2. Las quejas ante las instituciones oficiales de educación y formación se pueden presentar a los departamentos pertinentes de la Oficina de Recursos Humanos y Seguridad Social local o a la Oficina de Educación.
3. No importa qué tipo de institución educativa viole la ley, se puede denunciar a través de la plataforma Consumer Voice.
Artículo 111 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Las denuncias, quejas y denuncias podrán realizarse por escrito o verbalmente. Los miembros del personal que acepten informes, quejas o informes orales prepararán una transcripción, que será firmada o sellada por el denunciante, denunciante o denunciante después de haber sido leída correctamente.